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  OFICIO 500-05-2015-9236 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, una vez valorada la información,

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5388899&fecha=15/04/2015 © UADY 2024

  • 2015-04-15

    OFICIO 500-05-2015-9236 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, una vez valorada la información, documentación y argumentos aportados, no desvirtuaron los hechos que se les imputaron, y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio 500-05-2015-9236.

    Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio ejercieron el derecho previsto en el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, sin embargo, una vez valorada la información, documentación y argumentos aportados, no desvirtuaron los hechos que se les imputaron, y por tanto, se actualiza definitivamente la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
    La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII, y penúltimo párrafo, 17, párrafo penúltimo, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre de 2013 en el mismo órgano oficial; Artículo Tercero, primer párrafo, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, párrafos primero, tercero y cuarto del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
    Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el párrafo anterior, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último del Código Fiscal de la Federación, detectó que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
    Con base en lo anterior, esta autoridad fiscal, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitió oficio individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indicó los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
    Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.
    Por otra parte, el oficio global de presunción fue notificado en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria; y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.
    Lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente.
    Luego entonces, en términos del segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, esta Autoridad les otorgó a cada uno de los citados contribuyentes un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de esta Autoridad, en términos del tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
    Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud que esos contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en ejercicio del derecho previsto en el citado precepto legal, presentaron ante las oficinas de esta Autoridad diversa información, documentación y argumentos a fin de desvirtuar los hechos dados a conocer en los oficios individuales señalados anteriormente, esta autoridad procedió a la admisión y valoración de las mismas.
    Derivado de la valoración mencionada en el párrafo que antecede, y en virtud de que con los argumentos y pruebas manifestados y proporcionados por esos contribuyentes no desvirtuaron los hechos que se les imputaron en los oficios individuales de presunción ya señalados, ésta Autoridad resolvió lo conducente y procedió a la emisión de las resoluciones definitivas en las cuales se señalaron las razones, motivos y fundamentos del por qué no desvirtuaron dichos hechos; resoluciones que fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio.
    Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha, han pasado más de cuarenta y cinco días desde la notificación de la resolución con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, se procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ello, listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
    Atentamente,
    México, D.F., a 27 de marzo de 2015.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana.- Rúbrica.
     
    Anexo 1 del oficio número 500-05-2015-9236 de fecha 27 de marzo de 2015, correspondiente a contribuyentes que SÍ aportaron argumentos y/o pruebas pero NO desvirtuaron el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
    Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
     
    R.F.C.
    Nombre del
    Contribuyente
    Número y fecha de
    oficio individual de
    presunción
    Medio de notificación al contribuyente
    Estrados de la autoridad
    Notificación personal
    Fecha de
    fijación en los
    estrados de la
    Autoridad Fiscal
    Fecha en que
    surtió efectos
    la notificación
    Fecha de
    notificación
    Fecha en
    que surtió
    efectos la
    notificación
    1
    BASB7108183XA
    BARRÓN SÁNCHEZ
    BEATRIZ
    500-05-2014-10505 de
    fecha 24 de marzo de
    2014
     
     
    27 de marzo
    de 2014
    28 de marzo
    de 2014
    2
    CCA101027D90
    CONSORCIO
    CAPAC, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-3924 de
    fecha 14 de enero de
    2014
     
     
    28 de enero
    de 2014
    29 de enero
    de 2014
    3
    GME090305EV5
    GRUPO MEGANELA,
    S.A. DE C.V.
    500-02-00-2014-8175
    de fecha 03 de marzo
    de 2014
    21 de marzo de
    2014
    16 de abril de
    2014
     
     
    4
    MCA100329G7A
    MEXICANA DE
    COBRES
    ALUMINIOS Y
    DERIVADOS, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-10504 de
    fecha 24 de marzo de
    2014
     
     
    27 de marzo
    de 2014
    28 de marzo
    de 2014
    5
    SLB1102164P6
    SUMINISTRO
    LOGÍSTICO DEL
    BAJÍO, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-24169 de
    fecha 25 de agosto de
    2014
     
     
    11 de
    septiembre
    de 2014
    12 de
    septiembre
    de 2014
    6
    SPA0405074T9
    SKEP PRÁCTICAS
    ADMINISTRATIVAS
    INTEGRALES, S.C.
    DE R.L. DE C.V.
    500-02-2014-8530 de
    fecha 09 de abril de
    2014
     
     
    25 de abril de
    2014
    28 de abril de
    2014
    7
    TAB101221EI7
    TEXTILES ALFA
    BETA, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-23846 de
    fecha 02 de julio de
    2014
     
     
    08 de julio de
    2014
    09 de julio de
    2014
    8
    UIN111031U61
    URBANIZACIONES
    INTERMEDIA, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-10628 de
    fecha 24 de abril de
    2014
     
     
    29 de abril de
    2014
    30 de abril de
    2014
     
    Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria
     
    R.F.C.
    Nombre del Contribuyente
    Número y fecha de oficio
    Global de presunción
    Fecha de notificación en
    la página de Internet del
    Servicio de
    Administración Tributaria
    Fecha en que
    surtió efectos la
    notificación

    1
    BASB7108183XA
    BARRÓN SÁNCHEZ
    BEATRIZ
    500-05-2014-10543 de fecha
    31 de marzo de 2014
    01 de abril de 2014
    02 de abril de 2014

    2
    CCA101027D90
    CONSORCIO CAPAC, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-3798 de fecha
    09 de enero de 2014
    10 de enero de 2014
    13 de enero de
    2014

    3
    GME090305EV5
    GRUPO MEGANELA, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-3798 de fecha
    09 de enero de 2014
    10 de enero de 2014
    13 de enero de
    2014

    4
    MCA100329G7A
    MEXICANA DE COBRES
    ALUMINIOS Y DERIVADOS,
    S.A. DE C.V.
    500-05-2014-10543 de fecha
    31 de marzo de 2014
    01 de abril de 2014
    02 de abril de 2014

    5
    SLB1102164P6
    SUMINISTRO LOGÍSTICO
    DEL BAJÍO, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-32574 de fecha
    01 de octubre de 2014
    01 de octubre de 2014
    02 de octubre de
    2014

    6
    SPA0405074T9
    SKEP PRÁCTICAS
    ADMINISTRATIVAS
    INTEGRALES, S.C. DE R.L.
    DE C.V.
    500-02-00-2014-1360 de
    fecha 30 de enero de 2014
    04 de febrero de 2014
    05 de febrero de
    2014

    7
    TAB101221EI7
    TEXTILES ALFA BETA, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-23982 de fecha
    31 de julio de 2014
    01 de agosto de 2014
    04 de agosto de
    2014

    8
    UIN111031U61
    URBANIZACIONES
    INTERMEDIA, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-16093 de fecha
    30 de abril de 2014
    02 de mayo de 2014
    06 de mayo de
    2014
     
    Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación
     
    R.F.C.
    Nombre del Contribuyente
    Número y fecha de oficio
    Global de presunción
    Fecha de notificación
    en el Diario Oficial de
    la Federación
    Fecha en que surtió
    efectos la
    notificación

    1
    BASB7108183XA
    BARRÓN SÁNCHEZ
    BEATRIZ
    500-05-2014-10543 de fecha
    31 de marzo de 2014
    11 de abril de 2014
    14 de abril de 2014

    2
    CCA101027D90
    CONSORCIO CAPAC, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-3997 de fecha
    14 de enero de 2014
    23 de enero de 2014
    24 de enero de 2014

    3
    GME090305EV5
    GRUPO MEGANELA, S.A. DE
    C.V.
    500-05-2014-3997 de fecha
    14 de enero de 2014
    23 de enero de 2014
    24 de enero de 2014

    4
    MCA100329G7A
    MEXICANA DE COBRES
    ALUMINIOS Y DERIVADOS,
    S.A. DE C.V.
    500-05-2014-10543 de fecha
    31 de marzo de 2014
    11 de abril de 2014
    14 de abril de 2014

    5
    SLB1102164P6
    SUMINISTRO LOGÍSTICO
    DEL BAJÍO, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-32574 de fecha
    01 de octubre de 2014
    14 de octubre de 2014
    15 de octubre de 2014

    6
    SPA0405074T9
    SKEP PRÁCTICAS
    ADMINISTRATIVAS
    INTEGRALES, S.C. DE R.L.
    DE C.V.
    500-02-00-2014-1361 de
    fecha 30 de enero de 2014
    11 de febrero de 2014
    12 de febrero de 2014

    7
    TAB101221EI7
    TEXTILES ALFA BETA, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-23982 de fecha
    31 de julio de 2014
    18 de agosto de 2014
    19 de agosto de 2014

    8
    UIN111031U61
    URBANIZACIONES
    INTERMEDIA, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-16093 de fecha
    30 de abril de 2014
    15 de mayo de 2014
    16 de mayo de 2014
     
    Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
     
    R.F.C.
    Nombre del
    Contribuyente
    Medio de notificación al contribuyente
    Número y fecha de
    oficio de
    resolución
    definitiva
    Estrados de la autoridad
    Notificación personal
    Fecha de fijación
    en los estrados
    de la Autoridad
    Fiscal
    Fecha en
    que surtió
    efectos la
    notificación
    Fecha de
    notificación
    Fecha en
    que surtió
    efectos la
    notificación

    1
    BASB7108183XA
    BARRÓN SÁNCHEZ
    BEATRIZ
    500-05-2014-39075
    de fecha 11 de
    noviembre de 2014
     
     
    02 de
    diciembre de
    2014
    03 de
    diciembre de
    2014

    2
    CCA101027D90
    CONSORCIO
    CAPAC, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-32552
    de fecha 23 de
    septiembre de 2014
     
     
    25 de
    septiembre de
    2014
    26 de
    septiembre
    de 2014

    3
    GME090305EV5
    GRUPO MEGANELA,
    S.A. DE C.V.
    500-02-2014-31048
    de fecha 04 de
    septiembre de 2014
    25 de septiembre
    de 2014
    20 de
    octubre de
    2014
     
     

    4
    MCA100329G7A
    MEXICANA DE
    COBRES
    ALUMINIOS Y
    DERIVADOS, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-39077
    de fecha 11 de
    noviembre de 2014
     
     
    11 de
    diciembre de
    2014
    12 de
    diciembre de
    2014

    5
    SLB1102164P6
    SUMINISTRO
    LOGÍSTICO DEL
    BAJÍO, S.A. DE C.V.
    500-05-2014-42880
    de fecha 08 de
    diciembre de 2014
     
     
    19 de
    diciembre de
    2014
    07 de enero
    de 2015

    6
    SPA0405074T9
    SKEP PRÁCTICAS
    ADMINISTRATIVAS
    INTEGRALES, S.C.
    DE R.L. DE C.V.
    500-02-2014-41004
    de fecha 20 de
    noviembre de 2014
     
     
    12 de
    diciembre de
    2014
    15 de
    diciembre de
    2014

    7
    TAB101221EI7
    TEXTILES ALFA
    BETA, S.A. DE C.V.
    500-05-2015-1024
    de fecha 07 de
    enero de 2015
     
     
    13 de enero
    de 2015
    14 de enero
    de 2015

    8
    UIN111031U61
    URBANIZACIONES
    INTERMEDIA, S.A.
    DE C.V.
    500-05-2014-32553
    de fecha 19 de
    septiembre de 2014
     05 de diciembre
    de 2014
    15 de enero
    de 2015
     
     
    ___________________________
     

     

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