Hoy es: Domingo, 5 de Mayo de 2024







Dirección de Asuntos Jurídicos

Calle 57 No 491 A x 60 y 62
Col. Centro, C.P. 97000
Teléfono/Fax:
+52 (999) 930-0900
Extensión: 1151

  MODIFICACIÓN de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada el 23 de diciembre de 2011. Se modifica el párrafo quinto del Prefacio, el numeral 4.2 de Autoridad y

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5400626&fecha=15/07/2015 © UADY 2024

  • 2015-07-15

    MODIFICACIÓN de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada el 23 de diciembre de 2011. Se modifica el párrafo quinto del Prefacio, el numeral 4.2 de Autoridad y el Capítulo 9 de Vigilancia.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

    MODIFICACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SEGOB-2011, SEÑALES Y AVISOS PARA PROTECCIÓN CIVIL.- COLORES, FORMAS Y SÍMBOLOS A UTILIZAR, PUBLICADA EL 23 DE DICIEMBRE DE 2011. SE MODIFICA EL PÁRRAFO QUINTO DEL PREFACIO, EL NUMERAL 4.2 DE AUTORIDAD Y EL CAPÍTULO 9 DE VIGILANCIA.
    ROGELIO RAFAEL CONDE GARCÍA, Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, párrafo primero y 27, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 19, fracción XV de la Ley General de Protección Civil; 38, fracción II, 40, fracciones VII y VIII, y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 62, fracciones I y II del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
    CONSIDERANDO
    Que el día 23 de diciembre de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana "NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar";
    La Norma Oficial Mexicana antes citada, señala que la vigilancia de su cumplimiento está a cargo de la Secretaría de Gobernación por conducto de la Dirección General de Protección Civil;
    Que la declaratoria de vigencia de dicha norma oficial mexicana indicó que ésta entraría en vigor 90 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación;
    Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, define en la meta nacional México en Paz, el objetivo de "Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante desastres de origen natural o humano", del cual se desprende la estrategia "Política estratégica para la prevención de desastres", que señala entre sus líneas de acción "Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección de Civil", por lo cual es de suma importancia fortalecer los instrumentos jurídicos que permitan dar cumplimiento a la meta establecida;
    Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, considera que es necesario participar en la integración del Programa Nacional de Normalización a fin de revisar y proponer normas oficiales mexicanas en materia de protección civil, incentivar la aplicación y el debido cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, participar activamente en las sesiones del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Civil y contribuir a la creación de normas oficiales a partir de las necesidades de los estados;
    Que en fecha 02 de abril del año 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, con lo cual se crea la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y en el artículo 62, fracciones I y II otorga a dicha unidad administrativa atribuciones para presidir y dirigir el Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, así como realizar la evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas que al efecto emita; por lo que es necesario realizar una modificación en la presente norma a efecto de actualizar sus apartados de definiciones, vigilancia y evaluación de la conformidad;
    Que el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización permite la modificación de las normas oficiales mexicanas sin seguir el procedimiento para su elaboración, siempre que no se creen nuevos requisitos o procedimientos o bien se incorporen especificaciones más estrictas;
    Que el 11 de junio del 2015, en la Primera Sesión Extraordinaria, el Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres que coordina la Secretaría de Gobernación aprobó por consenso la presente modificación;
    Que esta Modificación se sometió al proceso de mejora regulatoria previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; obteniéndose la exención de Manifestación de Impacto Regulatorio por parte de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el día 25 de junio de 2015;
    Que en atención a las anteriores consideraciones, se expide la siguiente:
    MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada el 23 de diciembre de 2011. Se modifica el párrafo quinto del Prefacio, el numeral 4.2 de Autoridad y el Capítulo 9 de Vigilancia.
    ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el párrafo quinto del Prefacio, el numeral 4.2 de la definición de autoridad y el Capítulo 9 de Vigilancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2011 para quedar como sigue:
    ...
    PREFACIO
    ...
    Por último, se respeta la continuidad de que la evaluación de la conformidad de esta Norma, esté a cargo de la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil.
    ...
           4.2 Autoridad.- Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación.
    9.     VIGILANCIA
           La Secretaría de Gobernación por conducto de la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil, es la autoridad competente para vigilar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana, quien se reserva el derecho de autorizar terceros acreditados para realizar la evaluación de la conformidad.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- La presente Modificación entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- Publíquese de conformidad con el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
    Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 6 días del mes de julio de dos mil quince.- El Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, Rogelio Rafael Conde García.- Rúbrica.

    © Todos los Derechos Reservados Abogado General, UADY 2024. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica, de otra forma requiere permiso previo por escrito de la institución.