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  ACUERDO por el cual el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado da a conocer el diseño estandarizado del formato de trámites con motivo de la aplicación de la gráfica base prevista en el marco del Decreto por el que se es

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5406360&fecha=04/09/2015 © UADY 2024

  • 2015-09-04

    ACUERDO por el cual el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado da a conocer el diseño estandarizado del formato de trámites con motivo de la aplicación de la gráfica base prevista en el marco del Decreto por el que seestablece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno y de las disposiciones generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional, publicados el 3 de febrero y el 4 de junio de 2015,respectivamente.

    ACUERDO POR EL CUAL EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DA A CONOCER EL DISEÑO ESTANDARIZADO DEL FORMATO DE TRÁMITES CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DE LA GRÁFICA BASE PREVISTA EN EL MARCO DEL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA VENTANILLA ÚNICA NACIONAL PARA LOS TRÁMITES E INFORMACIÓN DEL GOBIERNO Y DE LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA VENTANILLA ÚNICA NACIONAL, PUBLICADOS EL 3 DE FEBRERO Y EL 4 DE JUNIO DE 2015, RESPECTIVAMENTE.
    LICENCIADO JOSÉ REYES BAEZA TERRAZAS, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 220, fracción VI de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; 24, fracción XIV del Estatuto Orgánico del propio Instituto; TERCERO, SEXTO, SÉPTIMO y OCTAVO del "Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno" y QUINTA, SÉPTIMA Y DÉCIMA SEGUNDA de las"Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional", y
    CONSIDERANDO
    Que el "Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece que las estrategias transversales se aplicarán normativamente a través de programas especiales; y, por ello, el 30 de agosto de 2013, se publicó en dicho medio de difusión oficial, el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, el cual incorpora, entre otros, el objetivo de "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento";
    Que en el marco del objetivo antes referido, se incorporaron como líneas de acción de la Estrategia Digital Nacional las de"Desarrollar una oferta de trámites y servicios de calidad mediante un Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE)" y "Digitalizar los trámites y servicios del CNTSE e incorporarlos al portal www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional", las cuales serán implementadas por las dependencias, entidades e instancias administrativas encargadas de la coordinación de la política en esa materia, y que serán de observancia obligatoria para la Administración Pública Federal, a través de los programas respectivos;
    Que el "Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de febrero de 2015, en su artículo primero señala que tiene por objeto establecer la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables a éstas y en el ámbito de sus respectivas atribuciones;
    Que la Ventanilla Única Nacional tendrá, entre otros objetivos, los siguientes: proveer información actualizada sobre el estado de la gestión administrativa de los trámites contenidos en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios, en los casos en que éstos se realicen en forma electrónica; facilitar, agilizar y optimizar la gestión administrativa de los trámites que realizan las personas interesadas ante las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado; dotar de una imagen institucional integral y homogénea e integrar la información como único sitio institucional del Gobierno Federal, así como proporcionar información homologada, estandarizada e integrada de los trámites;
    Que las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado deberán habilitar la infraestructura necesaria para lograr la interoperabilidad de sus sistemas de trámites electrónicos con la Ventanilla Única Nacional; facilitar el acceso, consulta y transferencia de información para lograr la interconexión para aquellos trámites que se gestionen en forma electrónica, desahogar, preferentemente, las solicitudes de trámites por medios electrónicos, entre otros;
    Que en una primera etapa el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado aplicará el diseño estandarizado de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables al formato de trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios que ya están migrados al Catálogo Nacional de Trámites y Servicios;
    Que con el objeto de dar cumplimiento al artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el cual establece que los actos administrativos de carácter general, tales como reglamentos, decretos, acuerdos y formatos, entre otros, que expidan las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO POR EL CUAL EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS
    TRABAJADORES DEL ESTADO DA A CONOCER EL DISEÑO ESTANDARIZADO DEL FORMATO DE
    TRÁMITES CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DE LA GRÁFICA BASE PREVISTA EN EL MARCO DEL
    DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA VENTANILLA ÚNICA NACIONAL PARA LOS TRÁMITES E
    INFORMACIÓN DEL GOBIERNO Y DE LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA
    IMPLEMENTACIÓN, OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA VENTANILLA ÚNICA NACIONAL,
    PUBLICADOS EL 3 DE FEBRERO Y EL 4 DE JUNIO DE 2015, RESPECTIVAMENTE
    ARTÍCULO PRIMERO.- Se da a conocer el formato con diseño estandarizado de los trámites del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el cual se incluye como Anexo al presente Acuerdo y que se señala a continuación:
    Formato
    Homoclave
    Nombre del Trámite
    Formato Único para Solicitud deTrámites de Recuperación dePréstamos Personales.
    ISSSTE-06-012-A
    ISSSTE-06-012-B
    ISSSTE-06-012-D
    ISSSTE-06-012-E
    ISSSTE-06-012-F
    Solicitud de servicios afines derecuperación de préstamos personales.
     
    ARTÍCULO SEGUNDO.- El formato a que se refiere el presente Acuerdo estará disponible a través de medios electrónicos y podrá ser distribuido a través de las Unidades Administrativas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado encargadas de realizar los trámites señalados en el artículo anterior, quienes adicionalmente deberán proporcionar la información necesaria para el llenado del formato correspondiente.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- Los trámites que se encuentren pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo se concluirán con el formato presentado al iniciar el trámite.
    TERCERO.- La copia certificada del dictamen de invalidez o de incapacidad total permanente a que hace referencia el trámite "Cancelación del saldo insoluto con cargo a la Reserva de Garantía" en el formato, se refiere a la presentación de copia simple y documento original o copia certificada para su cotejo.
    México, D.F., a 1 de septiembre de 2015.- El Director General, José Reyes Baeza Terrazas.- Rúbrica.
     
     
     

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