Hoy es: Sábado, 4 de Mayo de 2024







Dirección de Asuntos Jurídicos

Calle 57 No 491 A x 60 y 62
Col. Centro, C.P. 97000
Teléfono/Fax:
+52 (999) 930-0900
Extensión: 1151

  ACUERDO A/084/15 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo A/018/12, por el que se establece el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE).

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5410518&fecha=05/10/2015 © UADY 2024

  • 2015-10-05

    ACUERDO A/084/15 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Acuerdo A/018/12, por el que se establece el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE).

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.

    ACUERDO A/084/15
    ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO A/018/12, POR EL QUE SE ESTABLECE EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA (SIIE).
    ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Procuradora General de la República, con fundamento en los artículos 21, párrafo noveno, y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 4, 5, fracción II, y 10, fracción X, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; y 1, 3, 5, 6, 10 y 11 de su Reglamento, y
    CONSIDERANDO
    Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013 2018 establece en su Meta Nacional "México en Paz", Objetivo 1.4. "Garantizar un Sistema de Justicia Penal eficaz, expedito, imparcial y transparente", Estrategia 1.4.1. "Abatir la impunidad", como línea de acción diseñar y ejecutar las adecuaciones normativas y orgánicas en el área de competencia de la Procuraduría General de la República, para investigar y perseguir el delito con mayor eficacia;
    Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece en su artículo 10, fracción X, que para el despacho de los asuntos que competen a la Procuraduría General de la República y al Ministerio Público de la Federación, la Procuradora General de la República se auxiliará, entre otros servidores públicos, de los agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes investigadores, visitadores y peritos;
    Que la Procuraduría General de la República con fundamento en los artículos 3, fracción VII, 4, 23, 24 y 57 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se encuentra obligada a promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles, comprendiendo los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de los sujetos obligados, con excepción de aquella clasificada como reservada;
    Que el 7 de febrero de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/018/12, por el que se establece el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE), el cual tiene como objeto establecer dicho Sistema como el canal único para el flujo de la información estadística relacionada con la averiguación previa y el seguimiento de los procesos penales de la Procuraduría General de la República;
    Que derivado de los nuevos esquemas de protección de los derechos humanos, se estima pertinente, que la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad sea responsable de proporcionar la información a los organismos internacionales cuando el marco jurídico así lo permita, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, y
    Que en aras de contar con sistemas confiables, ágiles y eficaces que faciliten la publicación de las actividades que realiza la Procuraduría General de la República a los organismos internacionales, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO
    ÚNICO. Se adiciona un artículo Décimo Quinto Bis, y se reforman los artículos Primero; Segundo; Cuarto; Sexto, primer párrafo; Séptimo; Noveno, fracción II; Décimo, segundo párrafo; Décimo Primero; Décimo Segundo, primer párrafo; Décimo Cuarto; Décimo Sexto, párrafo primero; Décimo Séptimo, primer párrafo; Vigésimo Primero, primer y tercer párrafo; y Vigésimo Cuarto, todos del Acuerdo A/018/12, por el que se establece el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE) para quedar como sigue:
     
    "PRIMERO. El presente Acuerdo tiene como objeto establecer el Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE) como el canal único para el flujo de la información estadística relacionada con lainvestigación y el seguimiento de los procesos penales de la Procuraduría General de la República."
    "SEGUNDO. La Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional, por conducto de la Dirección General de Planeación y Proyectos Estratégicos, (DGPPE) será la unidad responsable de la política y las reglas para la operación, procesamiento, análisis y distribución de la información estadística registrada en el SIIE, mediante las directrices establecidas por el Comité señalado en el artículo Décimo Sexto."
    "CUARTO. Para fines del presente acuerdo, se entiende como Áreas Sustantivas o Responsables, aquellas unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Institución que tengan a su cargo la integración de investigaciones o el seguimiento de procesos penales."
    "SEXTO. La Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DGTIC) es la responsable de desarrollar y mantener actualizada la herramienta tecnológica en términos de lo requerido por el Comité o la DGPPE.
    ..."
    "SÉPTIMO. La administración de cuentas de usuarios, así como la capacitación de los servidores públicos habilitados para captura o consulta del SIIE será responsabilidad de la DGPPE"
    "NOVENO. ...
    I.     ...
    II.    Investigaciones;
    III.   a V. ..."
    "DÉCIMO. ...
    En el caso de investigaciones sin detenido el plazo comenzará a correr a partir del acuerdo de inicio, cuando se trate de investigaciones con detenido, comenzará a correr a partir de que se haya resuelto la situación jurídica del o los probables responsables.
    ..."
    "DÉCIMO PRIMERO. La DGPPE realizará los cortes de información estadística del SIIE el tercer día hábil de cada mes a las veinticuatro horas; el cuarto día hábil procesará la base de datos, y a partir del quinto día hábil estará disponible la información oficial en el servidor de cierre, a fin de que los usuarios puedan consultarla."
    "DÉCIMO SEGUNDO. Los Titulares de las Áreas Responsables designarán, mediante correo electrónico dirigido a la DGPPE, a una persona del nivel jerárquico inmediato inferior al suyo para que revise semanalmente la calidad y oportunidad de la información registrada en el SIIE.
    ..."
    "DÉCIMO CUARTO. Las Áreas Responsables generarán mensualmente un reporte estadístico a través del propio SIIE, que deberá ser firmado por los Titulares y enviado por correo electrónico a la DGPPE y por conducto oficial a más tardar el cuarto día hábil de cada mes."
     
    "DÉCIMO QUINTO BIS. La Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad será responsable de proporcionar la información a los organismos internacionales cuando el marco jurídico así lo permita, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, así como la DGPPE para proporcionar información en materia de tortura."
    "DÉCIMO SEXTO. Para la validación, revisión y comparación de la información contenida en el SIIE, se creará un Comité, el cual será presidido por el Titular del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, integrado por los Titulares de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales; Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo; Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada; Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales; Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad; la Visitaduría General; la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales; la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas; la Fiscalía Especial para la Atención de DelitosCometidos en contra de la Libertad de Expresión; la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional; la Dirección General de Comunicación Social; la Oficialía Mayor, a través de la Dirección General de Programación y Presupuesto, y la Unidad de Apertura Gubernamental.
    ..."
    "DÉCIMO SÉPTIMO. El Titular de la DGPPE fungirá como Secretario Técnico del Comité.
    ..."
    "VIGÉSIMO PRIMERO. La DGPPE será la unidad responsable de atender las solicitudes referentes a la información estadística contenida en el SIIE, que le sean remitidas por la Unidad de Apertura Gubernamental de la Institución.
    ...
    La DGPPE y las áreas interesadas evaluarán la conveniencia de que tal información sea incluida en el SIIE y en este caso pondrán a consideración del Comité las propuestas para que autorice las adecuaciones necesarias al Sistema, sólo en el caso que el Comité no autorice la inclusión de la información y las adecuaciones al SIIE la Unidad Administrativa u Órgano Desconcentrado responsable deberá proporcionarla."
    "VIGÉSIMO CUARTO. Cualquier diferencia entre lo registrado en el SIIE por las áreas o los servidores públicos responsables y lo observado por la Visitaduría General a través de sus visitas de evaluación técnico jurídica, de supervisión o de inspección será reportada a los Titulares y a la DGPPE."
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- Se instruye a los titulares de la unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Institución, para que supervisen la correcta aplicación del presente Acuerdo.
    TERCERO.- Se abrogan todas las disposiciones normativas que se opongan a lo previsto en el presente Acuerdo.
    México, Distrito Federal, a 21 de septiembre de 2015.- La Procuradora General de la República, Arely
    Gómez González.- Rúbrica.

    © Todos los Derechos Reservados Abogado General, UADY 2024. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica, de otra forma requiere permiso previo por escrito de la institución.