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  ACUERDO mediante el cual se amplía el plazo para la presentación de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2014.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5419849&fecha=14/12/2015 © UADY 2024

  • 2015-12-14

    ACUERDO mediante el cual se amplía el plazo para la presentación de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2014.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 32 bis, fracción XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 109 bis, 111 bis y 159 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 9o., 10, y 11 de su Reglamento en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, 46 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 25, 72 y 73, de su Reglamento, 87 y 88 de la Ley General de Cambio Climático, 5o., 6o., 10, 11, 12, 13 y 15 de su Reglamento en materia del Registro Nacional de Emisiones, 4o., 16, fracción IX, 28, 31 y 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, TerceroTransitorio de la Norma Oficial Mexicana NOM-166-SEMARNAT-2014 y 5o., fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
    CONSIDERANDO
    Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como una de las líneas de acción de la Estrategia Transversal II denominada Gobierno Cercano y Moderno, la modernización de la Administración Pública Federal con base en el uso de tecnologías de la información y la comunicación;
    Que el artículo 16 fracción IX de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de las dependencias de la Administración Pública Federal, establece como obligación de las dependencias que la integran, entre otras, el facilitar a los particulares el cumplimiento de sus obligaciones;
    Que el Artículo 12, fracción I del Reglamento de la Ley General de Cambio Climático en Materia del Registro Nacional de Emisiones, indica que la presentación del reporte de Gases o Compuestos de Efecto Invernadero ante el Registro se realizará a través de la Cédula de Operación Anual en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año;
    Que mediante Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2014, se modificaron los Reglamentos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera así como el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en los cuales también se modificó el periodo para la presentación de la Cédula de Operación Anual quedando el comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año, debiendo reportarse la información relativa al periodo del 1 de enero y el 31 de diciembre del año inmediato anterior, reformas que entraron en vigor el 2 de marzo de 2015;
    Que al actualizarse el marco jurídico aplicable a la Cédula de Operación Anual con la inclusión de nuevos sujetos obligados, es necesario, no sólo actualizar el formato anteriormente publicado, sino simplificar de la mejor manera posible la información contenida en el mismo, evitando redundancias y duplicidades, sin demérito de los requisitos que en cada caso deben cumplirse ante esta Secretaría;
    Que para tal efecto, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha realizado adecuaciones al formato de la Cédula de Operación Anual modificándolo a una versión electrónica para ser presentado en línea, a efecto de simplificar la realización de las gestiones y trámites necesarios para el cumplimiento de las diversas obligaciones de reporte, integrando en un solo instrumento la información que deba presentarse ante esta autoridad ambiental;
    Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de agosto de 2015, se
    modificó el plazo para la presentación de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2014, para el periodo comprendido del 15 de agosto al 15 de diciembre del año 2015, y
    Que no obstante lo anterior, considerando que con las modificaciones legislativas antes apuntadas existen sujetos obligados a la presentación de la Cédula de Operación Anual a quienes, aunque en tiempo y costo les resulta más eficiente la utilización de la plataforma digital para el cumplimiento de sus nuevas obligaciones, precisan adaptarse a esta herramienta interactiva dada su novedad, es por lo que a efecto de que el reporte de la Cédula de Operación Anual se realice de manera eficaz, y para dar certeza y seguridad jurídica a todos los sujetos obligados a reporte, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA DE
    OPERACIÓN ANUAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014
    Artículo Único. Se amplía el plazo para la presentación de la Cédula de Operación Anual correspondiente al año 2014, hasta el día 15 de febrero del año 2016.
    TRANSITORIOS
    Artículo Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil quince.El Secretario de Medio Ambiente y Recursos NaturalesRafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
     

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