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  NOTA aclaratoria al Acuerdo SS/8/2015 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicado el 19 de junio de 2015.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5422612&fecha=13/01/2016 © UADY 2024

  • 2016-01-13

    NOTA aclaratoria al Acuerdo SS/8/2015 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicado el 19 de junio de 2015.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Sala Superior.

    NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO SS/8/2015 POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
    La suscrita Maestra América Estefanía Martínez Sánchez, Secretaria General de Acuerdos del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, conforme a lo dispuesto por el artículo 17, fracción XI del Reglamento Interior de este Tribunal, solicita publicar en el Diario Oficial de la Federación, la siguiente:
    NOTA ACLARATORIA AL ACUERDO SS/8/2015 POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS
    DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y
    ADMINISTRATIVA, PUBLICADO EL 19 DE JUNIO DE 2015
    En la Primera Sección, página 80, Considerando Décimo Segundo del Acuerdo, se publicó lo siguiente:
    "DÉCIMO SEGUNDO.- Que con el objeto de cumplir con las metas planteadas en cuanto a reducir el inventario de expedientes en trámite de cada Sala, equilibrar las cargas de trabajo de las mismas, y acercar cada vez más la justicia fiscal y administrativa a los particulares en la República Mexicana, la Junta de Gobierno y Administración considera conveniente la creación de tres nuevas Salas Regionales, una con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México; otra con sede en la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo y otra con sede en la Ciudad de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala."
    Debe decir:
    "DÉCIMO SEGUNDO.- Que con el objeto de cumplir con las metas planteadas en cuanto a reducir el inventario de expedientes en trámite de cada Sala, equilibrar las cargas de trabajo de las mismas, y acercar cada vez más la justicia fiscal y administrativa a los particulares en la República Mexicana, la Junta de Gobierno y Administración considera conveniente la creación de tres nuevas Salas Regionales, una con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México; otra con sede en la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo y otra con sede en el Municipio de Apetatitlán de Antonio Carvajal, Estado de Tlaxcala."
    Asimismo, en la Primera Sección, página 82, se publicó lo siguiente:
    "Artículo 22.- (...)
    (...)
    XXVIII. Región Tlaxcala: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Tlaxcala", con sede en la Ciudad de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala."
    Debe decir:
    "Artículo 22.- (...)
    (...)
    XXVIII. Región Tlaxcala: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Tlaxcala", con sede en el Municipio de Apetatitlán de Antonio Carvajal, Estado de Tlaxcala."
    Se adjunta copia certificada del ACUERDO SS/8/2015, para sustento de la anterior aclaración.
    México, D.F., a 5 de enero de 2016.- La Secretaria General de Acuerdos, América Estefanía Martínez Sánchez.- Rúbrica.

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