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  ACUERDO G/JGA/10/2016 por el que se reforma al Acuerdo G/JGA/9/2016 que reformó el diverso G/JGA/1/2016 que establece el inicio de funciones y las reglas de redistribución de expedientes para la Sala Regional de Tabasco.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5425539&fecha=12/02/2016 © UADY 2024

  • 2016-02-12

    ACUERDO G/JGA/10/2016 por el que se reforma al Acuerdo G/JGA/9/2016 que reformó el diverso G/JGA/1/2016 que establece el inicio de funciones y las reglas de redistribución de expedientes para la Sala Regional de Tabasco.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

    ACUERDO G/JGA/10/2016
    REFORMA AL ACUERDO G/JGA/9/2016 QUE REFORMÓ EL DIVERSO G/JGA/1/2016 QUE ESTABLECE EL INICIO DE FUNCIONES Y LAS REGLAS DE REDISTRIBUCIÓN DE EXPEDIENTES PARA LA SALA REGIONAL DE TABASCO.
    Acuerdo General G/JGA/10/2016 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por el que se reforma el Acuerdo G/JGA/9/2016 que reformó el diverso G/JGA/1/2016 que establece el inicio de funciones y las reglas de redistribución de expedientes para la Sala Regional de Tabasco.
    CONSIDERANDO
    1. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es un tribunal de lo contencioso administrativo con autonomía para dictar sus fallos para dirimir las controversias entre la administración pública federal y los particulares, conforme lo establece el artículo 73, fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el diverso Octavo Transitorio, último párrafo, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015;
    2. El artículo 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;
    3. La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de conformidad con el artículo 39 de su Ley Orgánica, es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, que cuenta con autonomía técnica y de gestión para realizar sus funciones. El artículo 41 fracciones I y XXII de esta Ley, le faculta para expedir los acuerdos para el buen funcionamiento de la institución y dirigir su buena marcha, dictando las medidas necesarias;
    4. Que mediante Acuerdo SS/6/2015, dictado por el Pleno de la Sala Superior en sesión de ocho de abril de dos mil quince, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Reglamento Interior del Tribunal para prever, entre otras, la creación de la Sala Regional de Tabasco, con sede en la Ciudad de Villahermosa, Estado de Tabasco;
    5. Que de conformidad con lo establecido en los artículos Segundo y Tercero Transitorio del Acuerdo SS/6/2015, en sesión de cinco de enero de dos mil dieciséis la Junta de Gobierno y Administración dictó el Acuerdo G/JGA/1/2016 que establece el inicio de funciones y las reglas de redistribución de expedientes para la Sala Regional de Tabasco;
    6. Que mediante Acuerdo G/JGA/9/2016 dictado en sesión de veintiséis de enero de dos mil dieciséis, la Junta de Gobierno y Administración reformó el diverso G/JGA/1/2016, con el objeto de prorrogar el plazo para la entrega-recepción física de los expedientes que serán enviados a la Sala Regional de Tabasco;
    7. Que dadas las necesidades del servicio de la Sala Regional de Tabasco y las condiciones del inmueble en el que tiene su domicilio, esta Junta de Gobierno y Administración considera necesario prorrogar el plazo para la entrega-recepción física de los expedientes a la mencionada Sala.
    En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos 39 y 41, fracciones I y XXII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; la Junta de Gobierno y Administración emite la siguiente:
    REFORMA AL ACUERDO G/JGA/9/2016 QUE REFORMÓ EL DIVERSO G/JGA/1/2016 QUE ESTABLECE
    EL INICIO DE FUNCIONES Y LAS REGLAS DE REDISTRIBUCIÓN DE EXPEDIENTES PARA LA SALA
    REGIONAL DE TABASCO
    Primero. Se REFORMAN el acuerdo Segundo, fracción VII, Cuarto y Sexto del diverso G/JGA/1/2016, reformado por el Acuerdo G/JGA/9/2016 dictado por la Junta de Gobierno y Administración en sesión de veintiséis de enero de dos mil dieciséis, para quedar como sigue:
    Segundo. (...)
    I. a VI. (...)
    VII.   La entrega-recepción física de los expedientes se realizará el 26 de febrero de 2016 a la Sala Regional de Tabasco, por el personal que al efecto designen los Magistrados de dicha Sala y de la Sala Regional de Chiapas, levantando el acta de entrega respectiva.
           (...)
           En el caso de que a partir del 2 de febrero de 2016, se presenten promociones de urgente atención (como promociones recibidas del Poder Judicial de la Federación, así como peticiones de medidas cautelares, entre otros) en la Oficialía de Partes de la Sala Regional de Chiapas, respecto de los expedientes en trámite que corresponden conocer a la Sala Regional de Tabasco, de manera inmediata se remitirá física y electrónicamente dicha promoción y el expediente correspondiente, para el efecto deque se provea lo conducente.
    VIII.  (...)
    Cuarto. El 10 de febrero de 2016 serán enviadas a la Sala Regional de Tabasco todas las demandas nuevas presentadas en la Oficialía de Partes de la Sala Regional de Chiapas en el periodo del 13 al 29 de enero de 2016 y que correspondan a la jurisdicción de aquélla, para que acuerde lo que en derecho corresponda.
    (...)
    Sexto. A partir del 26 de febrero de 2016, la Oficialía de Partes y la Actuaría de la Sala Regional de Chiapas, deberán remitir a la Sala Regional de Tabasco las promociones, actuaciones y acuses de recibo de notificaciones de los expedientes seleccionados para su radicación en la referida Sala, que ingresen a partir del 25 de enero de 2016, salvo que se trate de promociones en donde se solicite alguna medida cautelar o la suspensión de la ejecución del acto impugnado, supuestos en los cuales la Sala Regional de Chiapas deberáproceder de conformidad con el Acuerdo Segundo, fracción V, tercer párrafo, del Acuerdo G/JGA/1/2016.
    En el caso de que ingresen promociones urgentes a partir del 2 de febrero de 2016, se estará a lo previsto en la fracción VII, tercer párrafo del acuerdo Segundo, del presente documento.
    TRANSITORIOS
    Primero. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por la Junta de Gobierno y Administración.
    Segundo. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
    Dictado en sesión de fecha cuatro de febrero de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los Magistrados Héctor Francisco Fernández Cruz, Julián Alfonso Olivas Ugalde, Elizabeth Ortiz Guzmán, Alfredo Salgado Loyo y Manuel L. Hallivis Pelayo.- Firman el Magistrado Manuel L. Hallivis Pelayo, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada Aideé Peña Cambrón, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe; con fundamento en los artículos 30, fracción XV y 52, fracciones II y III, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; así como los artículos 16, fracción VI, 78, fracciones VIII y XI, y 103, delReglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Rúbricas.
     

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