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  ACUERDO 025 mediante el cual se dispone que a partir del primero de febrero del año dos mil dieciséis, se crea la Escuela de Posgrado en Sanidad Naval, dependiente administrativa y académicamente de la Universidad Naval y militarmente del Mando Naval corr

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5426106&fecha=18/02/2016 © UADY 2024

  • 2016-02-18

    ACUERDO 025 mediante el cual se dispone que a partir del primero de febrero del año dos mil dieciséis, se crea la Escuela de Posgrado en Sanidad Naval, dependiente administrativa y académicamente de la Universidad Naval y militarmente del Mando Naval correspondiente.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Marina.

    ACUERDO SECRETARIAL Núm. 025
    VIDAL FRANCISCO SOBERÓN SANZAlmirante Secretario de Marina y Alto Mando de la Armada de México, con fundamento en los artículos 12 y 30, fracciones VI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones I, XIV y XVI, 4 fracciones I y II, 7 fracción V, 8 fracción VI, 23 y 51 de la Ley Orgánica de la Armada de México; en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 6 fracciones XVII y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
    CONSIDERANDO
    Que a la Secretaría de Marina, como Dependencia de la Administración Pública Federal, le corresponde organizar, administrar y preparar a la Armada, como institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación, para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, asimismo le compete entre otras atribuciones la de dirigir la educación pública naval.
    Que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de mayo del año dos mil trece, se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene en su Meta Nacional III "México con Educación de Calidad" Objetivo 3.2 Garantizar la inclusión en el Sistema Educativo; Estrategia 3.2.3 Crear nuevos servicios educativos, ampliar los existentes y aprovechar la capacidad instalada en los planteles y como líneas de acción fomentar la creación de nuevas opciones educativas, a la vanguardia del conocimiento científico y tecnológico.
    Que dentro del Programa Sectorial de Marina 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de diciembre del año dos mil trece, se definieron entre otros objetivos: 4.  Modernizar los procesos, sistemas y la infraestructura institucional para fortalecer el Poder Naval de la Federación; Estrategia 4.2 Fortalecer el Sistema Educativo Naval; como línea de acción 4.2.1. Modernizar entre otros las instalaciones de los Planteles Educativos Navales para lograr una educación naval de calidad; en coordinación con otras instituciones educativas.
    Que la Secretaría de Marina, para cumplir con su misión, requiere preparar profesionistas competitivos con una formación científica, tecnológica, humanística y ciudadana de alto nivel; implementando técnicas didácticas, con las cuales los estudiantes investiguen, adquieran nuevos conocimientos y resuelvan problemas complejos del mundo real y del ámbito profesional, apoyándose para su actualización de nuevas tecnologías, de conformidad con el Plan General de Educación Naval y el Modelo Educativo Naval Siglo XXI.
    Que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de julio del año dos mil quince, el Mando Supremo creó la Universidad Naval a la que se integraron los Centros de Estudio, Escuelas, Unidades y Establecimientos de Educación Naval, con el objeto de prestar servicios educativos a nivel técnico, técnico-profesional, profesional y de posgrado, en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta;
    Que atendiendo a la imperiosa necesidad de contar con personal de Sanidad Naval con estudios de posgrado, a fin de elevar la calidad de los servicios de atención médica que garanticen el completo bienestar físico, mental y social de los militares y sus derechohabientes, así como de la población civil en casos y zonas de desastre; he tenido a bien expedir el siguiente:
     
    ACUERDO
    Primero.- Con fecha primero de febrero de año dos mil dieciséis, se crea la Escuela de Posgrados en Sanidad Naval, dependiente administrativa y académicamente de la Universidad Naval y militarmente del Mando Naval correspondiente.
    Segundo.- La Escuela de Posgrados en Sanidad Naval tiene por objeto especializar y actualizar los recursos humanos en materia de salud, para contribuir en el desarrollo profesional del Personal de Sanidad Naval, con un sentido de ética y líderes en Ciencias de la Salud, tomando como base el respeto a los derechos humanos y los más altos conceptos del honor, deber, lealtad, honradez, disciplina y patriotismo, principios que caracterizan al personal naval; para ello, su modelo educativo se basará en la excelencia académica y la formación integral, donde tomará particular relevancia su vinculación con las diversasinstituciones educativas de salud militares y civiles de prestigio a nivel nacional e internacional.
    Tercero.- La Escuela de Posgrados en Sanidad Naval, impartirá estudios de posgrado en las áreas de medicina, enfermería, odontología, psicología, nutrición, veterinaria, biología y química; así como aquellas que surjan de acuerdo al desarrollo científico y tecnológico en base a las necesidades institucionales, con aplicación en el ámbito clínico, apoyo médico, investigación científica, actividades administrativas y docentes, con la finalidad de contribuir con las políticas de desarrollo Nacional, Internacional y de la Secretaría de Marina.
    Cuarto.- La Escuela de Posgrados en Sanidad Naval establecerá los requisitos de admisión, actividades y egreso de los discentes, además del contenido y conducción de los planes de estudio, de conformidad con lo señalado en el Reglamento que se expida de citado plantel, las directivas de la Universidad Naval y demás disposiciones jurídicas aplicables.
    Quinto.- La Escuela de Posgrados en Sanidad Naval, elaborará su propuesta de estructura y planilla orgánica, así como de los manuales de organización y de procedimientos, el catálogo de perfiles de puestos que la integran, en coordinación con la Universidad Naval, las Direcciones Generales Adjuntas de Programación, Organización y Presupuesto; y de Control de Personal, según corresponda. La Oficialía Mayor validará y registrará dichas estructuras y planillas orgánicas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
    Sexto.- Las Direcciones Generales, en el ámbito de sus respectivas competencias proporcionarán los recursos humanos, materiales y financieros para la construcción, operación, conservación y mantenimiento de la Escuela de Posgrados en Sanidad Naval, con los recursos de la Secretaría de Marina, autorizados en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2016 y sujeto a las disponibilidades existentes en el mismo. Los gastos que se originen posteriormente deberán ser considerados a partir del presupuesto de egresos correspondiente.
    Séptimo.- La Universidad Naval efectuará las coordinaciones y trámites correspondientes con la Secretaría de Educación Pública, para obtener la validación de los estudios que se impartan en la Escuela de Posgrados en Sanidad Naval.
    TRANSITORIO
    Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
    Dado en la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil dieciséis.- El Secretario
    de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.
     

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