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  ACUERDO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5434763&fecha=27/04/2016 © UADY 2024

  • 2016-04-27

    ACUERDO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación.

    Al margen un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

    ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
    REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
    CPC. JUAN MANUEL PORTAL MARTÍNEZ, Auditor Superior de la Federación, con fundamento en el artículo 85, fracción V, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y 6o, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, expido el siguiente:
    ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
    REGLAMENTO INTERIOR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
    Artículo Único.- Se ADICIONA un último párrafo a los artículos 16 y 33 para quedar como sigue:
    Artículo 16.- Los Titulares de las direcciones generales tendrán, sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos de este Reglamento, las siguientes atribuciones generales:
    I a LV ...
    ...
    ...
    La atribución de la fracción XXXVIII prevista en este artículo podrá ser ejercida indistintamente por los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y Auditores adscritos a la Dirección General de que se trate.
    Artículo 33.- La Dirección General Jurídica estará adscrita a la Unidad de Asuntos Jurídicos y su titular tendrá las siguientes atribuciones:
    I a XXXVI ...
    Las atribuciones de las fracciones XXV, XXVI y XXVII previstas en este artículo podrán ser ejercidas indistintamente por los Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y Auditores Jurídicos adscritos a la Dirección General Jurídica.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Dado en la Ciudad de México, el catorce de abril de dos mil dieciséis.- El Auditor Superior de la Federación, Juan Manuel Portal Martínez.- Rúbrica.
     

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