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ACUERDO número 12/08/16 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016, emitidas mediante diverso número 22/12/15, publicado el 27 de diciembre de 2015.
http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5448682&fecha=19/08/2016 2016-08-19 ACUERDO número 12/08/16 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016, emitidas mediante diverso número 22/12/15, publicado el 27 de diciembre de 2015.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública, con fundamento en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 32 y 33, fracción XIV de la Ley General de Educación; 23 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XXI, 29, 30, 39, 40, 42 y Anexos 10, 13, 17, 18, 25, 29.2 y 36 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo, entre otros aspectos, que las dependencias serán responsables de emitir las Reglas de Operación o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;
Que con fecha 27 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 22/12/15 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016;
Que dichas Reglas establecen en su numeral 2.1 que el Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa tiene como objetivo general el contribuir a fortalecer la calidad y pertinencia de la educación básica, educación superior y de formación para el trabajo, a fin de que contribuyan al desarrollo de México, mediante el fortalecimiento e instrumentación de planes y programas de estudio. Asimismo, en su numeral 2.2, en el rubro correspondiente a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, previo a la descripción de los respectivos objetivos específicos, señala que el Plan de Apoyo a la Calidad Educativa y la Transformación de las Escuelas Normales (PACTEN) pretende fortalecer en materia de infraestructura, equipamiento, personal académico y directivo, así como en sus planes y programas de estudio a las EscuelasNormales Públicas del país;
Que es preciso reformar el cuarto párrafo del rubro "Monto del Apoyo", correspondiente a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto) de las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016, para incrementar el porcentaje inicialmente asignado a los gastos de operación destinados al apoyo para la adecuada implementación del PACTEN;
Que se cuenta con el oficio número 315-A-00974 de fecha 14 de abril de 2016 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el cual emite la autorización presupuestaria de la modificación a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016;
Que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, mediante oficio número COFEME/16/2039 de fecha 12 de mayo de 2016 ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, y
Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 12/08/16 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, EMITIDAS MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 22/12/15, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE DICIEMBRE DE 2015
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 16 de agosto de 2016.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.
ANEXO DEL ACUERDO NÚMERO 12/08/16 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, EMITIDAS MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 22/12/15, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE DICIEMBRE DE 2015
ÚNICO.- Se MODIFICA el cuarto párrafo del rubro "Monto del Apoyo", correspondiente a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, numeral 3.4 Características de los apoyos (tipo y monto) de las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento de la Calidad Educativa para el ejercicio fiscal 2016, emitidas mediante Acuerdo número 22/12/15, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2015, para quedar como sigue:
"3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)
...
Tipo Básico
Técnicos
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a) a e) ...
Financieros
...
Monto del apoyo
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Actividades académicas
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Seguimiento y evaluación al uso de materiales educativos
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Gasto de operación Local
...
a) a b) ...
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Tipo Superior
Dirección General de Educación Superior Universitaria
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1. a 4. ...
...
Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas
...
I. a II. ...
Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación
PACTEN
...
a) a g) ...
Apoyo financiero
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· ...
· ...
· ...
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Monto del Apoyo
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Para el cumplimiento de los objetivos del programa, la DGESPE destinará hasta el 5 % (cinco por ciento) del monto autorizado, en gastos de operación relacionados con servicios personales (honorarios), materiales y suministros y servicios generales indispensables para apoyar la adecuada implementación del PACTEN.
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