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  ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en relación con la suspensión de labores.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5449160&fecha=24/08/2016 © UADY 2024

  • 2016-08-24

    ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en relación con la suspensión de labores.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

    ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE ADICIONA EL SIMILAR QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN DE LABORES.
    CONSIDERANDO
    PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
    SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, constitucional el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
    TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
    CUARTO. A fin de atender las situaciones que perturben el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales; pongan en riesgo la seguridad de los visitantes, de quienes vayan a comparecer en los juicios o de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación; se considera necesario facultar al Ministro Presidente para acordar la suspensión de labores.
    Por lo anterior, se expide el siguiente
    ACUERDO
    ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo 10 Bis al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, para quedar como sigue:
    "Artículo 10 Bis. En casos urgentes que perturben el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales; pongan en riesgo la seguridad de los visitantes, de quienes vayan a comparecer en los juicios o de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación; a fin de salvaguardar la seguridad, el Ministro Presidente podrá acordar la suspensión de labores.
    La suspensión acordada se hará del conocimiento de los titulares de los órganos jurisdiccionales, a través de un comunicado oficial suscrito por el titular de la Secretaría Ejecutiva del Pleno. El aviso correspondiente se subirá a la página de internet del Consejo y de estimarse necesario, se difundirá por medios tecnológicos. Para tal efecto, el titular de la Dirección General de Tecnologías de la Información proporcionará el apoyo que se requiera.
    El titular de la Secretaría Ejecutiva de Administración, a través de la administración regional que corresponda, mantendrá contacto con los titulares de los órganos jurisdiccionales.
    De la determinación acordada, tomará conocimiento el Pleno en su próxima sesión."
    TRANSITORIOS
    PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
    SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
    EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en relación con la suspensión de labores, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de tres de agosto de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a quince de agosto de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.

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