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  ACUERDO por el que se pospone la obligatoriedad de los sistemas de identificación establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas, publicada el 29 de mayo de 2015.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5463274&fecha=01/12/2016 © UADY 2024

  • 2016-12-01

    ACUERDO por el que se pospone la obligatoriedad de los sistemas de identificación establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas, publicada el 29 de mayo de 2015.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

    JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 16, 17 y 35 fracciones II, IV y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracciones V y VI, 68, 69, 70, 70 B, 70 C, 71, 73, 74, 79, 83, 84, 85, 86, 88, 89, 91, 94 y 95 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 87, 88, 89 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4 párrafos XLII, LII, LXIX, LXX, XCVIII, y CIII, 6o. fracciones VIII y XXXVIII, 67, 113, 116, 119,120, 122, 123, 124, 144, 146 y 147 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 288, 290, 291, 295, 303, 304, 306, 309, 310 y 311 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal; 3o. fracciones III, VII, XIII, 18, 19, 20 y 21 de la Ley de Productos Orgánicos; 1, 2 apartado D Fracción VII, y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
    CONSIDERANDO
    Que la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2015, establece las características, especificaciones, procedimientos, actividades y criterios para la identificación individual, permanente e irrepetible de los bovinos y colmenas, a efecto de fortalecer el control sanitario, asegurar la rastreabilidad, trazabilidad y apoyar el combate contra el abigeato de bovinos y colmenas.
    Que la vigilancia y aplicación de la mencionada Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a los Gobiernos de las Entidades Federativas y municipios, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y circunscripciones territoriales, de conformidad con los acuerdos de coordinación respectivos.
    Que la citada Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para todos los propietarios o poseedores, exportadores e importadores de bovinos y colmenas; incluyendo a criadores, desarrolladores, introductores, engordadores, comercializadores, acopiadores, establecimientos de sacrificio, estaciones cuarentenarias y puntos de verificación zoosanitaria.
    Que debido a la complejidad de las características, especificaciones, procedimientos para llevar a cabo la identificaciónindividual, permanente e irrepetible de los bovinos y colmenas de conformidad con lo señalado en la Norma Oficial Mexicana, se considera necesario posponer la obligatoriedad y exigibilidad de los sistemas de identificación establecidos, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO POR EL QUE SE POSPONE LA OBLIGATORIEDAD DE LOS SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN
    ESTABLECIDOS EN LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SAG/GAN-2015, SISTEMA NACIONAL
    DE IDENTIFICACIÓN ANIMAL PARA BOVINOS Y COLMENAS, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL
    DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE MAYO DE 2015
    ARTÍCULO ÚNICO. Se pospone hasta el día 1 de febrero de 2017, la obligatoriedad de los sistemas de identificación establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2015.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- La Coordinación General de Ganadería y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación tomarán las previsiones necesarias para que una vez cumplido el plazo señalado en el artículo único del presente Acuerdo, constatar y vigilar el cumplimiento de la NOM-001-SAG/GAN-2015, Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas.
    Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2016.El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y AlimentaciónJosé Eduardo Calzada Rovirosa.- Rúbrica.
     

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