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  DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5469831&fecha=25/01/2017 © UADY 2024

  • 2017-01-25

    DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

    ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
    Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
    DECRETO
    "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
    SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE.
    Artículo Único.- Se reforman las fracciones XXIII del artículo 30; I y II del artículo 140 y se adiciona una fracción XIII al artículo 3 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:
    Artículo 3. ...
    I. X. ...
    XI. En el desarrollo del deporte debe protegerse la dignidad, integridad, salud y seguridad de los deportistas, así como asegurarse y defenderse el desarrollo sostenible del deporte;
    XII. La existencia de una adecuada cooperación a nivel internacional es necesaria para el desarrollo equilibrado y universal de la cultura física y deporte, y
    XIII. Fomentar actitudes solidarias, propiciar la cultura de paz, de la legalidad y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones.
    Artículo 30. ...
    I. XXII. ...
    XXIII. Definir los lineamientos para la lucha contra el dopaje en el deporte, la prevención de la violencia y el fomento de la cultura de paz en el deporte;
    XXIV. a XXX. ...
    Artículo 140. ...
    I. Promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia y la cultura de paz en el deporte;
    II. Fomentar, coordinar y realizar campañas de divulgación y de sensibilización en contra de la violencia, así como de propiciar la cultura de paz con el fin de conseguir que el deporte sea un referente de integración y convivencia social;
    III. a XII. ...
    Transitorio
    Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Ciudad de México, a 8 de diciembre de 2016.- Dip. Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Dip. María Eugenia Ocampo Bedolla, Secretaria.- Sen. María Elena Barrera Tapia, Secretaria.- Rúbricas."
    En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veinticuatro de enero de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
     

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