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ANEXO Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2017, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Yu
http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5479149&fecha=07/04/2017 2017-04-07 ANEXO Técnico de Ejecución Específico para la operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria para el ejercicio presupuestal 2017, que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Yucatán.
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE SANIDAD E
INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2017 EN EL ESTADO DE YUCATÁN
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2017 EN EL ESTADO DE YUCATÁN QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADO POR EL MVZ. ENRIQUE SÁNCHEZ CRUZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y EL LIC. PABLO JOSÉ CASTRO ALCOCER, TITULAR DE LA DELEGACIÓN EN EL ESTADO DE YUCATÁN, EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL "SENASICA" Y LA "DELEGACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL C. JUAN JOSÉ CANUL PÉREZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DELOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar eldesarrollo integral de este sector en el Estado de Yucatán.
II. Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA", en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.
Asimismo, en la referida Cláusula las "PARTES" acordaron en aplicar las "REGLAS DE OPERACIÓN" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal de que se trate, las que para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria durante 2017 son las que se dieron a conocer mediante el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la "SAGARPA" para el ejercicio 2017, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", y el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio2017, en lo subsecuente el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", ambos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.
III. Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y en su caso, recursos, para lo cual suscribirán durante cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.
IV. Que en apego a lo establecido en el artículo 37, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, en lo sucesivo el "DPEF 2017", la "SAGARPA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la
población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V. Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2017".
VI. Que en los artículos 1, 8, 13, 18 y 23 de las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", se establecen los Componentes del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, en lo subsecuente el "PROGRAMA", así como los conceptos de incentivo, requisitos y procedimientos para acceder a éstos, así como su mecánica operativa.
VII. Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un represente para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.
La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en el Estado de Yucatán, el cual a la presente fecha se encuentra a cargo del Lic. Pablo José Castro Alcocer.
Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó como su representante al Secretario de Desarrollo Rural, cargo que a la presente ostenta el C. Juan José Canul Pérez.
DECLARACIONES
I. DE LA "SAGARPA":
I.1. Que el MVZ. Enrique Sánchez Cruz, en su carácter de Director en Jefe del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, conforme a los artículos 2o., Apartado D fracción VII, 44, 45, fracción IX y 46, fracción V, del Reglamento Interior de la "SAGARPA"; 1 y 5 del Reglamento Interior del "SENASICA"; y 1, 11, 16, 21 y 26, de las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017".
I.2. El "SENASICA" señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines Número 5010, Piso 3, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México.
I.3. Que el titular de la "DELEGACIÓN", el Lic. Pablo José Castro Alcocer se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. Apartado C, 35, 36, fracciones I y IX y 37 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018"; así como en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 2 de mayo de 2007, mediante el cual el Titular de la "SAGARPA", delegó la atribución de suscribir los instrumentos jurídicos derivados de los convenios de coordinación firmados entre esta dependencia del Ejecutivo Federal y las 31 entidades federativas y el Distrito Federal, indistintamente, a favor de los delegados de la "SAGARPA ".
I.4. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico el ubicado en Calle 2-A número 401, Colonia Díaz Ordaz, Código Postal 9713, Mérida, Yucatán.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el C. Juan José Canul Pérez en su carácter de Secretario de Desarrollo Rural, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 fracción IV del Código de la Administración Pública de Yucatán, así como; la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
II.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Calle 21 número 444 frente del Parque Temático del Ejército Mexicano, Ciudad Industrial, Código Postal 97983, Mérida, Yucatán.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados al "PROGRAMA" en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, serán destinados exclusivamente al "PROGRAMA" y sus componentes de acuerdo a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017".
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente instrumento para la asignación deresponsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las estrategias y acciones de las materias consideradas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", para lo cual se definirán los objetivos, líneas de acción, metas programáticas y montos, asignados a los componentes del "PROGRAMA", así como su cronograma de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 37 del "DPEF 2017" y 1, 8, 13, 18 y 23, de las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF 2017", en las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017" y en las demás disposiciones legales aplicables, la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan que para el ejercicio fiscal 2017, realizarán una aportación conjunta para el "PROGRAMA" hasta por un monto de $68'162,142.00 (Sesenta y ocho millones ciento sesenta y dos mil ciento cuarenta y dos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1. Hasta la cantidad de $57´000,000.00 (Cincuenta y siete millones de pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de la "SAGARPA", con base en la suficiencia presupuestal prevista en el "DPEF 2017"; y
2. Hasta la cantidad de $11'162,142.00 (Once millones ciento sesenta y dos mil ciento cuarenta y dos 00/100 M.N.), correspondientes a la aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Yucatán, publicado en fecha 30 de diciembre del 2016 en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados, se llevará a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II, denominados respectivamente "Recursos Convenidos Federación - Estado 2017" y "Calendario de Ejecución 2017".
El "GOBIERNO DEL ESTADO" opta por dos ministraciones de los recursos del estado a partir del mes de marzo de 2017, para lo cual, depositará en el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Yucatán, en lo sucesivo el "FOFAY", el total de los recursos que le corresponde aportar, siendo este documento, el justificatorio para el depósito de la ministración correspondiente.
Los recursos antes indicados, serán dispersados por el "SENASICA", a partir de la firma del presente instrumento, por lo que durante el primer semestre de 2017 se radicará el 50% (cincuenta por ciento) de los citados recursos y en el segundo semestre de 2017, el 50% (cincuenta por ciento) restante, conforme al Apéndice II "Calendario de Ejecución 2017".
En caso de presentarse alguna contingencia o emergencia en el Estado de Yucatán, los incentivos serán dispersados de acuerdo a las necesidades sanitarias que así se requieran.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES" y, del total de los recursos federales y estatales convenidos, se destinarán hasta un 5% (cinco por ciento), para cubrir los Gastos de Operación del "PROGRAMA".
En ese sentido, las "PARTES" acuerdan que la aportación de la totalidad de los Gastos de Operación de origen federal y estatal se realizará en la primera ministración de recursos que se realice de cada componente al "FOFAY", de acuerdo con lo pactado en la Cláusula Octava del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-
2018" y la distribución que se establezca en el Apéndice III del presente instrumento, denominado "Cuadro de Montos y Metas 2017", lo que deberá ser acorde con lo dispuesto en los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2017", emitidos por el Oficial Mayor del Ramo el 18 de enero de 2017.
De igual modo los Gastos de Operación del "PROGRAMA" serán ejercidos por el "SENASICA", la "DELEGACIÓN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" mediante el "FOFAY", atendiendo en todo momento lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES" y los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA 2017", emitidos por el Oficial Mayor del Ramo el 18 de enero de 2017.
Se destinará el 10% (diez por ciento) de presupuesto total con cargo a los componentes a efecto de ejecutar los siguientes proyectos transversales bajo la distribución que se enuncia:
I. Servicio de gestión y administración de información para el seguimiento del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SIMOSICA) 1% (uno por ciento);
II. Divulgación 1% (uno por ciento);
III. Capacitación 1% (uno por ciento), y
IV. Emergencias sanitarias el 7% (siete por ciento).
Los recursos antes señalados deberán liberarse en la primera ministración de recursos, para su aplicación conforme al programa que el "SENASICA" determine.
PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
TERCERA.- Para la consecución de los objetivos específicos del "PROGRAMA", previstos en el artículo 3 de las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", es que los recursos señalados en la Cláusula Segunda, serán destinados a su ejecución y operación en el Estado de Yucatán, a través de los componentes:
I. Campañas Fitozoosanitarias.
II. Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera.
III. Inspección y Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades no Cuarentenarias, y
IV. Vigilancia Epidemiológica, de Plagas y Enfermedades Cuarentenarias.
Que las metas y los objetivos, así como las actividades y plazos correspondientes de cada proyecto se determinarán a través de los Programas de Trabajo, los que debieron ser autorizados por el "SENASICA", en su carácter de Unidad Responsable de los componentes del "PROGRAMA", a más tardar el 16 de enero de 2017, de conformidad con el artículo 7, fracción VI, de las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017".
Los Programas de Trabajo en cita, serán considerados instrumentos vinculantes para quienes los suscriben, los cuales estarán vigentes de enero a diciembre de 2017 y deberán encontrarse alineados a las políticas sanitarias nacionales, estatales y regionales, así como reunir las características de impacto sanitario.
Asimismo, los referidos Programas de Trabajo deberán incluir acciones, metas y objetivos conforme a la estrategia definida por el "SENASICA" y acordes al desarrollo de la Sanidad e Inocuidad en la Entidad Federativa o región.
La distribución de los recursos señalados en la Cláusula Segunda, se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice III "Cuadro de Montos y Metas 2017".
OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES
CUARTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento tendrán las obligaciones y atribuciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DISPOSICIONES GENERALES
QUINTA.- En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", las "PARTES" acuerdan estarse y sujetarse a los términos establecidos en dicho instrumento.
DE LAS MODIFICACIONES.
SEXTA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico y, en su
caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual que surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio, el Director en Jefe del "SENASICA", el Delegado de la "SAGARPA" en el Estado de Yucatán y el Titular de la Secretaría de Desarrollo Rural por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO.
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO.
SÉPTIMA.- Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través del "FOFAY", se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda, a través del "FOFAY", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices de este instrumento.
En cumplimiento a la legislación federal, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá integrar los soportes e informe de la cuenta pública del "PROGRAMA", con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del presente año, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán enterarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
De conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", a más tardar el 31 diciembre del año 2017, deberá suscribirse el cierre y finiquito del ejercicio presupuestal y recursos convenidos, entre la "DELEGACIÓN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1. Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2. Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3. Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del "PROGRAMA", y
4. En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Para los recursos devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como las "REGLAS DE OPERACIÓN SANIDADES 2017", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2018, deberá suscribirse un acta circunstanciada entre la "DELEGACIÓN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1. Las relaciones definitivas de beneficiarios, indicando los que se encuentren en proceso;
2. Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3. Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del "PROGRAMA" y de sus componentes con saldo en ceros según su caso, y
4. En un capítulo separado, los intereses generados y enterados a la "TESOFE".
DE LA VIGENCIA.
OCTAVA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2017, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, las partes lo firman en cinco tantos originales, en la Ciudad de México, a los 13 días del mes de febrero de 2017.- Por la SAGARPA: el Director en Jefe del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Enrique Sánchez Cruz.- Rúbrica.- El Delegado de la SAGARPA en el Estado de Yucatán,
Pablo José Castro Alcocer.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Desarrollo Rural, Juan José Canul Pérez.- Rúbrica.
Apéndice I
YUCATÁN
Recursos Convenidos Federación-Estado 2017
(Aportaciones en Pesos)
Apéndice II
YUCATÁN
Calendario de Ejecución 2017
(Aportaciones en Pesos)
Apéndice III
Cuadro de Montos y Metas 2017
El Director en Jefe del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Enrique Sánchez Cruz.- Rúbrica.- El Delegado de la SAGARPA en el Estado de Yucatán, Pablo José Castro Alcocer.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Desarrollo Rural, Juan José Canul Pérez.- Rúbrica.
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