Hoy es: Miércoles, 8 de Mayo de 2024







Dirección de Asuntos Jurídicos

Calle 57 No 491 A x 60 y 62
Col. Centro, C.P. 97000
Teléfono/Fax:
+52 (999) 930-0900
Extensión: 1151

  QUINTA Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5486969&fecha=15/06/2017 © UADY 2024

  • 2017-06-15

    QUINTA Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.

    La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 26, 50, 51, 57, 58 y 59 del Reglamento Interior de la ComisiónInterinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y
    CONSIDERANDO
    Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
    Que la Edición 2015 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016 y a partir de esa fecha se efectuaron catorce actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2016, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana.
    Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la edición 2016, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2016.
    Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud.
    Que en reunión del 10 de noviembre de 2009, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, aprobó la modificación de la clave a 12 dígitos, con la finalidad de identificar las diferentes presentaciones del envase con los dos últimos dígitos, así como también uniformar la información en la adquisición de insumos por las instituciones.
    Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Que en atención a las anteriores consideraciones, la Comisión interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector salud, expide la Quinta Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
     
    QUINTA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2016 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE
    MEDICAMENTOS
    INCLUSIONES
    CATÁLOGO
    GRUPO 12. NEFROLOGÍA Y UROLOGÍA
    SEVELÁMERO
    Clave
    Descripción
    Indicaciones
    Vía de administración y
    Dosis
     
     
    010.000.6084.00
    TABLETA
    Cada tableta contiene:
    Carbonato de sevelámero800 mg
    Envase con 180 tabletas.
    Control de la hiperfosfatemia
    Oral.
    Adultos:
    1 tableta cada 8 horas con los alimentos en pacientes con concentración de fosfato de suero de 1.78-2.42 mmol/L (5.5 - 7.5 mg/dL).
    2 tabletas cada 8 horas con los alimentos, en pacientes con concentraciones de fosfato en suero de >2.42 mmol/L (>7.5 mg/dL).
     
    GRUPO 13. NEUMOLOGÍA
    RIOCIGUAT
    Clave
    Descripción
    Indicaciones
    Vía de administración y
    Dosis
     
     
    010.000.6103.00
    COMPRIMIDO
    Cada comprimido contiene:
    Riociguat           0.5 mg
    Envase con 42 comprimidos.
    Hipertensión PulmonarTromboembólica Crónica(HPTEC, grupo 4 de la OMS)inoperable, persistente orecurrente tras el tratamientoquirúrgico.
    Oral.
    Adultos:
    Dosis inicial:
    1.0 mg tres veces al día cada 6 u 8 horas, durante 2semanas.
    La dosis debe incrementarse en intervalos de 2 semanas mediante incrementos de 0.5 mg hasta un máximo de 2.5 mg tres veces al día.
    Dosis de mantenimiento:
    La dosis individual establecida debe mantenerse.
    Interrupción del tratamiento:
    Si se interrumpe el tratamiento durante 3 días o más, debe reiniciarse nuevamente con elesquema inicial.
     
     
    010.000.6104.00
    COMPRIMIDO
    Cada comprimido contiene:
    Riociguat           1.0 mg
    Envase con 42 comprimidos.
     
     
    010.000.6105.00
    COMPRIMIDO
    Cada comprimido contiene:
    Riociguat           1.5 mg
    Envase con 42 comprimidos.
     
     
    010.000.6106.00
    COMPRIMIDO
    Cada comprimido contiene:
    Riociguat           2.0 mg
    Envase con 42 comprimidos.
     
     
    010.000.6107.00
    COMPRIMIDO
    Cada comprimido contiene:
    Riociguat           2.5 mg
    Envase con 42 comprimidos.
     
    GRUPO 17. ONCOLOGÍA
    BLINATUMOMAB
    Clave
    Descripción
    Indicaciones
    Vía de administración y
    Dosis
     
     
     
    010.000.6096.00
    SOLUCIÓN INYECTABLE
    Cada frasco ámpula con polvo liofilizado contiene:
    Blinatumomab        35 µg
    Envase con un frasco ámpula con polvo liofilizado y un frasco ámpula con solución estabilizadora IV.
    Leucemia LinfoblásticaAguda (LLA) deprecursores de células B,cromosoma Filadelfianegativo, en recaída orefractaria.
    Intravenosa.
    Adultos:
    En pacientes de al menos 45kg de peso, la dosis es de 9µg/Kg de peso corporal en los días 1-7 y 28 µg/kg de peso corporal los días 8-28 en el primer ciclo de tratamiento.
    Para ciclos subsecuentesadministrar 28 µg/Kg de peso corporal en los días 1-28.
    Se deben permitir 2 semanas de tratamiento libre entre los ciclos de blinatumumab.
     
    ENZALUTAMIDA
    Clave
    Descripción
    Indicaciones
    Vía de administración y
    Dosis
     
    010.000.6097.00
    CÁPSULA
    Cada cápsula contiene:
    Enzalutamida       40 mg
    Envase con 120 cápsulas.
    Pacientes con cáncer depróstata metastásicoresistente a la castraciónque han recibidotratamiento con Docetaxel.
    Oral.
    Adultos:
    160 mg al día.
     
    DISPOSICIONES TRANSITORIAS
    Primera. Las partes involucradas en la producción y adquisición de estos insumos cuentan con un plazo de 120 días, a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, para agotar sus existencias, así como para realizar los ajustes necesarios en los casos de inclusiones y modificaciones.
     
    México, Ciudad de México, a 6 de junio de 2017.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación la Quinta Actualización de la Edición 2016 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.- El Presidente de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, Jesús Áncer Rodríguez.- Rúbrica.
     

    © Todos los Derechos Reservados Abogado General, UADY 2024. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica, de otra forma requiere permiso previo por escrito de la institución.