Hoy es: Miércoles, 8 de Mayo de 2024







Dirección de Asuntos Jurídicos

Calle 57 No 491 A x 60 y 62
Col. Centro, C.P. 97000
Teléfono/Fax:
+52 (999) 930-0900
Extensión: 1151

  Publicaciones relevantes del Diario Oficial de la Federación

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://www.dof.gob.mx © UADY 2024

  • 2017-08-08

     
    DOF: 08/08/2017

    ACUERDO por el que se abroga el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicado el 29 de octubre de 2015.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.- Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

    ACUERDO POR EL QUE SE ABROGA EL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE OCTUBRE DE 2015.
    MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Directora General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, 17, 21, 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 43, fracción II y 50, fracciones IV, VIII y XI de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
    CONSIDERANDO
    Que el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2015, fue impugnado a través del juicio de amparo 2007/2015 ante el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México el 23 de noviembre del mismo año, quien ordenó por sentencia del 17 de agosto de 2016, entre otros puntos, abrogarlo, y
    Que en estricto cumplimiento a lo ordenado en la ejecutoria de mérito por el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en su Segunda Sesión del Ejercicio Fiscal 2017, celebrada el 19 de junio del mismo año, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47, fracción VII de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y 192 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; acordó, abrogar el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad publicadoen el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2015 e instruyó a la suscrita, en mi carácter de Directora General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, a realizar los trámites que conforme a derecho sean necesarios para tal fin, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO
    ÚNICO.- Se abroga el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2015, para todos los efectos legales correspondientes.
    TRANSITORIO
    ÚNICO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que quedará vigente el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de febrero de 2015.
    Dado en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de julio de dos mil diecisiete.- La Directora General del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.
     

     

    © Todos los Derechos Reservados Abogado General, UADY 2024. Esta página puede ser reproducida con fines no lucrativos, siempre y cuando no se mutile, se cite la fuente completa y su dirección electrónica, de otra forma requiere permiso previo por escrito de la institución.