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Extensión: 1151

  MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5493311&fecha=09/08/2017 © UADY 2024

  • 2017-08-09

    MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.

    MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y
    COMUNIDADES INDÍGENAS
    ÍNDICE
    Presentación
    Objetivo
    Marco Jurídico
    Glosario
    Descripción de los procedimientos
    Diagramas de flujo
    Transitorios
    PRESENTACIÓN ______________________________________________________________________
    El presente instrumento detalla paso a paso las actividades y tareas que realizan las y los servidores públicos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, para prestar los servicios de asesoría y defensa en el desarrollo de sus actividades sustantivas de protección de los derechos político electorales en favor de los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integran.
    Es así que como parte de su contenido se especifica el procedimiento para la prestación de la asesoría y defensa electorales.
    OBJETIVO ___________________________________________________________________________
    Contar con un instrumento normativo que regule el procedimiento a seguir para documentar las actividades y tareas que deriven de prestar los servicios de asesoría y defensa electorales a los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integran, para la protección de sus derechos político- electorales.
    MARCO JURÍDICO _____________________________________________________________________
    ·  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    ·  Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
    ·  Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
    ·  Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
    ·  Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
    ·  Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Acuerdo General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
    ·  Acuerdo General del Comité Coordinador para homologar criterios en materia administrativa e interinstitucional del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Acuerdo General por el que se establecen las Bases para la Implementación del Sistema de Gestión de Control Interno y de Mejora Continua en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
     
    ·  Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Lineamientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    ·  Código Modelo de Ética Judicial Electoral.
    ·  Protocolo para defensoras y defensores de los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas.
    GLOSARIO ___________________________________________________________________________
    Asesoría Electoral: Consiste en la orientación, guía o instrucción técnica sobre la naturaleza, contenido y alcances de los derechos político-electorales constitucionales, convencionales y legales, establecidos en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
    Aviso de ingreso de solicitud: Es el aviso electrónico que se realiza al Titular de la Defensoría al momento de ingresar una nueva solicitud de servicio.
    Cuaderno de Antecedentes: Documentales integradas por la solicitud de servicio, los documentos soporte de la solicitud, el acuerdo de turno y el dictamen aprobado.
    Constancia de documentos: Formato en el cual se hace una relación de los documentos presentados por el/los solicitante(s) como soporte de su solicitud de servicio de asesoría o defensa electorales.
    Constancia de entrega de documentos de asesoría: Consisten en los acuses de recibo firmados por el/los asesorado(s) de los documentos que generan los defensores con motivo del servicio de asesoría.
    Dictamen: Es el documento fundado y motivado en el cual con base a los hechos expuestos por el solicitante se determina la procedencia o no del servicio de asesoría o defensa electorales.
    Defensa Electoral: Consiste en la procuración, representación y/o mandato de defensa de los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, ante las Salas del Tribunal;
    Defensora o Defensor: Servidora o servidor público adscrito a la Defensoría Pública Electoral, encargado de prestar los servicios de defensa y asesoría electorales a los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
    Defensoría Electoral: La Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
    Escrito de abstención: Documento fundado y motivado, dirigido al solicitante, manifestando las razones por las cuales la Defensoría se abstiene de presentar sus servicios, conforme a los supuestos establecidos en el artículo 16 del Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas;
    Expediente: Documentales que conforman el procedimiento de asesoría o el procedimiento de defensa, identificado con un número de clave.
    Informe de Conclusión y archivo: Documento debidamente fundado y motivado en el que se hace constar las actuaciones que integran el expediente del servicio prestado;
    Salas del Tribunal: La Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
    Servicios: Los servicios de defensa y asesoría electorales;
    Solicitante: Pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren o su representante colectivo que presenta una solicitud de servicios de defensa o asesoría electorales;
    Solicitud de servicio: Formato que se levanta derivado de una solicitud de un pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren o su representante colectivo, en el cual se ingresan las generales del solicitante y el motivo de la solicitud.
    Titular: La persona Titular de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y
    Tribunal: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
     
    DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ____________________________________________________
    I. Procedimiento de asesoría y defensa electoral
    Área
    Actividades
    Producto
    INICIO DEL PROCEDIMIENTO
    Solicitante
    1. Realiza una solicitud ante laDefensoría Electoral.
    Solicitud
    Defensoría Electoral
    2. Recibe al solicitante y se canaliza a una defensora o defensor para suatención.
    Solicitud
    Defensora o Defensor
    3. Con base en las generales delsolicitante y los hechos narrados sellena la solicitud de servicio.
    ¿La información contenida en lasolicitud es suficiente?
    No: Continúa en la actividad 4.
    Sí: Continúa en la actividad 5.
    Solicitud de servicio
    Defensora o Defensor
    4. Contacta al solicitante, a efecto decompletar los requisitos señalados en la solicitud de servicio.
    Solicitud de servicio
    Defensora o Defensor
    5. Da aviso al titular del ingreso de lasolicitud.
    Aviso de ingreso de la solicitud
    Defensora o Defensor
    6. Recibe la documentación soportepresentada por el solicitante y levantala constancia de recepción dedocumentos correspondiente.
    Constancia de documentos
    Titular
    7. Recibe el aviso del ingreso de lasolicitud, lo turna e instruye a ladefensora o defensor respectivo laintegración del cuaderno deantecedentes, así como la elaboración del dictamen.
    Turno
    Defensora o Defensor
    8. Revisa los documentos e integra elcuaderno de antecedentes, y elaboraun dictamen de procedencia oimprocedencia que remitirá al titular en un plazo máximo de 24 horas para su aprobación.
    Cuaderno de antecedentes /
    Proyecto de dictamen
    Titular
    9. Recibe el proyecto de dictamen.
    ¿Aprueba el dictamen?
    No. Regresa a la actividad 8.
    Sí. Continúa en la actividad 11.
    Dependiendo del sentido deldictamen.
    a) Improcedente. Continúa en laactividad 10.
    b) Procedente. Continúa en laactividad 11.
    Dictamen
     
    Defensora o Defensor
    10. Realiza un escrito fundado ymotivado dirigido al solicitantemanifestando las razones por lascuales la Defensoría se abstiene deprestar sus servicios y de ser el caso lo canalizara a la instancia competente.
    Escrito de abstención
    Titular
    11. Turna a la defensora o defensorpara la elaboración del expediente,conforme al servicio determinado.
    a)   Asesoría: Continúa en laactividad 12.
    b)   Defensa: Continúa en laactividad 13.
    Dictamen/ Expediente
    Defensora o Defensor
    12. Analiza los documentos del asunto que le ha sido turnado, brinda la asesoría y genera constancia deldocumento o documentos elaborados.
    Continúa en la actividad 14.
    Constancias de entrega de
    documentos de asesoría
    Defensora o Defensor
    13. Analiza los documentos del asunto que le ha sido turnado, formula e interpone el escrito o medio de impugnación que resulte procedente ante la Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación competente, y de ser el caso allegarse de peritos e intérpretes traductores quecontribuyan al cumplimiento de susfunciones.
    Medio de impugnación
    procedente/ Acuse
    Defensora o Defensor
    14. Integra al expediente ladocumentación que se genere, asícomo todos aquellos documentosderivados del seguimiento del asunto,con motivo del servicio brindado.
    Expediente
    Defensora o Defensor
    15. Una vez finalizado el servicio deasesoría o defensa electoral elabora un informe de conclusión y archivo y se envía a las oficinas centrales de laDefensoría Electoral.
    Informe de conclusión y archivo
    Titular
    16. Instruye el resguardo delexpediente al archivo.
    Expediente
    FINALIZA EL PROCEDIMIENTO
    DIAGRAMAS DE FLUJO________________________________________________________________
     
     
    ANEXOS _____________________________________________________________________________
     
     
    TRANSITORIOS _______________________________________________________________________
    PRIMERO.   El presente Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.  Se abroga el Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas aprobados por la Comisión de Administración mediante Acuerdo 274/S9(13-IX-2016) emitido en la Novena Sesión Ordinaria de dos mil dieciséis.
    TERCERO.  Para su mayor difusión, publíquese en las páginas de Intranet e Internet del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    EL SUSCRITO, LICENCIADO JORGE ENRIQUE MATA GÓMEZ, SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN VIII, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CITADO ÓRGANO JURISDICCIONAL.
    CERTIFICA
    Que la presente copia en 10 fojas impresas por ambos lados, corresponde al MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS, aprobado por la Comisión de Administración mediante Acuerdo 186/S7(11-VII-2017), emitido en la Séptima Sesión Ordinaria celebrada el 11 de julio de 2017, que obra en los archivos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. DOY FE
    Ciudad de México, 21 de julio de 2017.- El Secretario de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Jorge Enrique Mata Gómez.- Rúbrica.
     

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