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MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
http://http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5493311&fecha=09/08/2017 2017-08-09 MANUAL de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y
COMUNIDADES INDÍGENAS
ÍNDICE
Presentación
Objetivo
Marco Jurídico
Glosario
Descripción de los procedimientos
Diagramas de flujo
Transitorios
PRESENTACIÓN ______________________________________________________________________
El presente instrumento detalla paso a paso las actividades y tareas que realizan las y los servidores públicos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, para prestar los servicios de asesoría y defensa en el desarrollo de sus actividades sustantivas de protección de los derechos político electorales en favor de los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integran.
Es así que como parte de su contenido se especifica el procedimiento para la prestación de la asesoría y defensa electorales.
OBJETIVO ___________________________________________________________________________
Contar con un instrumento normativo que regule el procedimiento a seguir para documentar las actividades y tareas que deriven de prestar los servicios de asesoría y defensa electorales a los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integran, para la protección de sus derechos político- electorales.
MARCO JURÍDICO _____________________________________________________________________
· Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
· Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
· Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
· Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
· Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
· Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
· Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas.
· Acuerdo General del Comité Coordinador para homologar criterios en materia administrativa e interinstitucional del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General por el que se establecen las Bases para la Implementación del Sistema de Gestión de Control Interno y de Mejora Continua en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Lineamientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
· Código Modelo de Ética Judicial Electoral.
· Protocolo para defensoras y defensores de los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas.
GLOSARIO ___________________________________________________________________________
Asesoría Electoral: Consiste en la orientación, guía o instrucción técnica sobre la naturaleza, contenido y alcances de los derechos político-electorales constitucionales, convencionales y legales, establecidos en favor de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
Aviso de ingreso de solicitud: Es el aviso electrónico que se realiza al Titular de la Defensoría al momento de ingresar una nueva solicitud de servicio.
Cuaderno de Antecedentes: Documentales integradas por la solicitud de servicio, los documentos soporte de la solicitud, el acuerdo de turno y el dictamen aprobado.
Constancia de documentos: Formato en el cual se hace una relación de los documentos presentados por el/los solicitante(s) como soporte de su solicitud de servicio de asesoría o defensa electorales.
Constancia de entrega de documentos de asesoría: Consisten en los acuses de recibo firmados por el/los asesorado(s) de los documentos que generan los defensores con motivo del servicio de asesoría.
Dictamen: Es el documento fundado y motivado en el cual con base a los hechos expuestos por el solicitante se determina la procedencia o no del servicio de asesoría o defensa electorales.
Defensa Electoral: Consiste en la procuración, representación y/o mandato de defensa de los derechos político-electorales de los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren, ante las Salas del Tribunal;
Defensora o Defensor: Servidora o servidor público adscrito a la Defensoría Pública Electoral, encargado de prestar los servicios de defensa y asesoría electorales a los pueblos, comunidades indígenas o alguna de las personas que los integren;
Defensoría Electoral: La Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
Escrito de abstención: Documento fundado y motivado, dirigido al solicitante, manifestando las razones por las cuales la Defensoría se abstiene de presentar sus servicios, conforme a los supuestos establecidos en el artículo 16 del Acuerdo General por el que se establecen las bases de organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas;
Expediente: Documentales que conforman el procedimiento de asesoría o el procedimiento de defensa, identificado con un número de clave.
Informe de Conclusión y archivo: Documento debidamente fundado y motivado en el que se hace constar las actuaciones que integran el expediente del servicio prestado;
Salas del Tribunal: La Sala Superior y las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
Servicios: Los servicios de defensa y asesoría electorales;
Solicitante: Pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren o su representante colectivo que presenta una solicitud de servicios de defensa o asesoría electorales;
Solicitud de servicio: Formato que se levanta derivado de una solicitud de un pueblo, comunidad indígena o alguna de las personas que los integren o su representante colectivo, en el cual se ingresan las generales del solicitante y el motivo de la solicitud.
Titular: La persona Titular de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y
Tribunal: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ____________________________________________________
I. Procedimiento de asesoría y defensa electoral
DIAGRAMAS DE FLUJO________________________________________________________________
ANEXOS _____________________________________________________________________________
TRANSITORIOS _______________________________________________________________________
PRIMERO. El presente Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Manual de Procedimientos de la Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas aprobados por la Comisión de Administración mediante Acuerdo 274/S9(13-IX-2016) emitido en la Novena Sesión Ordinaria de dos mil dieciséis.
TERCERO. Para su mayor difusión, publíquese en las páginas de Intranet e Internet del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
EL SUSCRITO, LICENCIADO JORGE ENRIQUE MATA GÓMEZ, SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN VIII, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CITADO ÓRGANO JURISDICCIONAL.
CERTIFICA
Que la presente copia en 10 fojas impresas por ambos lados, corresponde al MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA ELECTORAL PARA PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS, aprobado por la Comisión de Administración mediante Acuerdo 186/S7(11-VII-2017), emitido en la Séptima Sesión Ordinaria celebrada el 11 de julio de 2017, que obra en los archivos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. DOY FE
Ciudad de México, 21 de julio de 2017.- El Secretario de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Jorge Enrique Mata Gómez.- Rúbrica.
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