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  DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5494056&fecha=16/08/2017 © UADY 2024

  • 2017-08-16

    DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

    ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 9o., 22, 26, 28, 29, párrafo primero, y 32 de la Ley de Planeación; 142 y 144 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 9o. y 27 a 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
    CONSIDERANDO
    Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene los objetivos, estrategias, indicadores y metas que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración;
    Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 prevé como estrategia general elevar la productividad para llevar a México a su máximo potencial, por lo que se orienta la actuación gubernamental en torno a cinco metas nacionales: México en Paz; México Incluyente; México con Educación de Calidad; México Próspero, y México con Responsabilidad Global, incluyendo además tres estrategias transversales: Democratizar la Productividad; Gobierno Cercano y Moderno, y Perspectiva de Género;
    Que la meta nacional México en Paz, tiene como objetivo, entre otros, garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación, para lo cual es indispensable instrumentar una política de Estado en derechos humanos, establecer una política de igualdad y no discriminación y hacer frente a la violencia contra los niños, niñas y adolescentes en todas sus formas, sobre la base de una coordinación eficiente que asegure la participación de todos los sectores responsables de su prevención, atención, monitoreo y evaluación, además de garantizar el cumplimiento de los acuerdos generales emanados del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, mediante unacoordinación eficaz entre los diversos órdenes de gobierno;
    Que el 4 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual, conforme al artículo 1 tiene entre sus objetos los de reconocer a Niñas, Niños y Adolescentes como titulares de derechos, así como garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos humanos y establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en la materia y las bases de coordinación entre la Federación, entre otros;
    Que conforme a los artículos 141 y 142 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a través del Sistema Nacional de Protección Integral, así como los sectores privado y social, participarán en la elaboración y ejecución del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual deberá contener las políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción prioritarias en materia de ejercicio, respeto, promoción y protección integral de niñas, niños y adolescentes, y
    Que el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes aprobó mediante el Acuerdo 10/2016, el Anteproyecto del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018 y, previo dictamen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dicha dependencia lo sometió a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente
    DECRETO
    ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018.
    ARTÍCULO SEGUNDO.- El Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018, será de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias.
    ARTÍCULO TERCERO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que resulten competentes, de conformidad con el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018 y las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán sus respectivos programas y anteproyectos de presupuesto, en los que deberán destinar los recursos presupuestarios correspondientes para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y de dicho Programa.
    ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la participación que conforme a sus atribuciones les corresponde a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, dará seguimiento a la implementación de las acciones y al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2016-2018, y reportará los resultados obtenidos con base en las metas e indicadores correspondientes.
    ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de su competencia, vigilará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
    TRANSITORIO
    ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a once de agosto de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Meade Kuribreña.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Luis Enrique Miranda Nava.- Rúbrica.- El Secretario de MedioAmbiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.- El Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, José Eduardo Calzada Rovirosa.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- La Secretaria de la Función Pública, Arely Gómez González.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, María del Rosario Robles Berlanga.- Rúbrica.- La Secretaria de Cultura, María Cristina Irina García Cepeda García.- Rúbrica.- El Secretario de Turismo, Enrique Octavio de la Madrid Cordero.- Rúbrica.

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