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  ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días del mes de diciembre de 2017 y los del año 2018, que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría d

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508106&fecha=18/12/2017 © UADY 2024

  • 2017-12-18

    ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público en general los días del mes de diciembre de 2017 y los del año 2018, que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 de la Ley Federal del Trabajo y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
    CONSIDERANDO
    Que conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ordenamiento legal que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, las actuaciones y diligencias deben practicarse en días hábiles, no considerando como tales los sábados y domingos, así como el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 5 de mayo, 1o. y 16 de septiembre, 20 de noviembre, 25 de diciembre y 1o. de diciembre de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
    Que la citada Ley señala también como días inhábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o en los que se suspendan las labores, lo cual se hará del conocimiento público mediante acuerdo que expida el titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación;
    Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
    Que el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional, señala como días de descanso obligatorio el 1o. de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y el 25 de diciembre, y
    Que con el fin de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, respecto de los días en que no corren los plazos y términos referentes a los procedimientos administrativos correspondientes, es necesario hacer del conocimiento del público en general los días que se considerarán inhábiles en el mes de diciembre de 2017 y los del año 2018, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS DEL
    MES DE DICIEMBRE DE 2017 Y LOS DEL AÑO 2018, QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES
    PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUBSTANCIADOS POR LA
    SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y SUS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
    DESCONCENTRADOS
    Artículo Primero. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, se considerarán como inhábiles los siguientes días:
    I.     Del año 2017:
    a.   21, 22, 26, 27, 28 y 29 del mes de diciembre, y
    II.     Del año 2018:
    a.   2, 3, 4 y 5 de enero;
    b.   5 de febrero;
    c.   19 de marzo;
    d.   29 y 30 de marzo;
    e.   1o. de mayo, y
    f.    2, 19 y 20 de noviembre.
    Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de esta Secretaría y de sus órganos administrativos desconcentrados para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como de asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas ameriten.
    Artículo Segundo. Durante los días citados no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se substancien ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados.
     
    TRANSITORIO
    ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Dado en la Ciudad de México, a los siete días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos NaturalesRafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.

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