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  ACUERDO por el que se reforma el diverso mediante el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513304&fecha=15/02/2018 © UADY 2024

  • 2018-02-15

    ACUERDO por el que se reforma el diverso mediante el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

    LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en los artículos 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6 y 7, fracciones I y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Primero y Segundo del Decreto por el que se establecen los términos en los que se darán a conocer las resoluciones que emita el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea de fecha 7 de septiembre de 2017, y
    CONSIDERANDO
    Que conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán Ley Suprema de toda la Unión, por lo que resultan de cumplimiento obligatorio dentro del territorio nacional;
    Que de conformidad con el artículo 89, fracción X constitucional, la política exterior mexicana, tiene como principios normativos: la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;
    Que el 26 de junio de 1945 México suscribió la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (Carta de la ONU), Tratado que fue aprobado por el Senado de la República el 5 de octubre de 1945, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre y ratificado el 7 de noviembre de ese mismo año;
    Que el 20 de septiembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea;
    Que el 22 de diciembre de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 2397 (2017), que refuerza el régimen de sanciones de dicho órgano relativo a la República Popular Democrática de Corea;
    Que es necesario mantener actualizadas las listas del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, para que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los nacionales y cualquier otra persona dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, estén en posibilidad material y jurídica de aplicar las sanciones o abstenerse de celebrar operaciones con las personas o entidades que aparecen en las referidas listas, y
    Que a fin de dar cumplimiento al Decreto por el que se establecen los términos en los que se darán a conocer las resoluciones que emita el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de septiembre de 2017, he tenido a bien expedir el siguiente
    ACUERDO
    ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el Artículo Primero del Acuerdo por el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea, para quedar de la siguiente manera:
    "ARTÍCULO PRIMERO.- A fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, se dan a conocer las siguientes resoluciones adoptadas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea:
    Resolución
    Fecha de Aprobación
    Descripción
    Página electrónica en el que podrá
    ser consultado el texto íntegro
    Resolución 2270 del
    Consejo de Seguridad
    2 de marzo de 2016
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2270-aprobada-por-el-
    consejo-de-seguridad-en-su-7638-
    sesion?state=published
    Resolución 2321 del
    Consejo de Seguridad
    30 de noviembre de
    2016
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2321-aprobada-por-el-
    consejo-de-seguridad-en-su-7821-
    sesion?state=published
    Resolución 2356 del
    Consejo de Seguridad
    2 de junio de 2017
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2356?state=published
    Resolución 2371 del
    Consejo de Seguridad
    5 de agosto de 2017
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2371-aprobada-por-el-
    consejo-de-seguridad-en-su-8019-
    sesion?state=published
    Resolución 2375 del
    Consejo de Seguridad
    11 de septiembre de
    2017
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2375-aprobada-por-el-
    consejo-de-seguridad-en-su-8042-
    sesion-celebrada-el-11-de-
    septiembre-de-2017?
    state=published
    Resolución 2397 del
    Consejo de Seguridad
    22 de diciembre de 2017
    Amplía el régimen de
    sanciones contra la RPDC
    https://www.gob.mx/sre/documentos
    /resolucion-2397-2017?
    state=published
     
    ARTÍCULO SEGUNDO.- En razón de que se actualizaron los listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, se hace del conocimiento que su texto íntegro, podrá ser consultado en las mismas páginas electrónicas señaladas en el Artículo Segundo del Acuerdo por el que se dan a conocer las resoluciones y listados emitidos por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas respecto a la República Popular Democrática de Corea, siendo los siguientes:
    ·  Lista consolidada de personas y entidades sujetas a sanciones por el Comité establecido en virtud de la resolución 1718 (2006). En la siguiente página electrónica podrá ser consultado el texto íntegro:
          https://scsanctions.un.org/fop/fop?xml=htdocs/resources/xml/sp/consolidated.xml&xslt=htdocs/ resources/xsl/sp/dprk.xsl
    ·  Lista de artículos prohibidos a la exportación y de importación de la República Popular Democrática de Corea en virtud de la resolución 1718 (2006) del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. En la siguiente página electrónica podrá ser consultado el texto íntegro:
          https://www.un.org/sc/suborg/es/sanctions/1718/prohibited-items
    TRANSITORIO
    ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Dado en la Ciudad de México, a los siete días del mes de febrero del dos mil dieciocho.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.

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