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  CONVENIO Modificatorio al Convenio para la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Yucatán.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5540431&fecha=09/10/2018 © UADY 2024

  • 2018-10-09

    CONVENIO Modificatorio al Convenio para la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Yucatán.

    CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL "PROGRAMA PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PARA EDUCACIÓN BÁSICA", EN ADELANTE "EL PROGRAMA": QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL,POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL MTRO. JAVIER TREVIÑO CANTÚ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓNBÁSICA, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ MARTÍN FARÍAS MALDONADO, DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN CONTINUA, ACTUALIZACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL DE MAESTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL MAESTRO ALFREDO FRANCISCO JAVIER DÁJER ABIMERHI, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y EL MAESTRO DELIO JOSÉ PENICHE NOVELO, SECRETARIO DE EDUCACIÓN, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON EL SIGUIENTE ANTECEDENTE, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
    ANTECEDENTE
    Con fecha 14 de marzo de 2018, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio para la Implementación de "EL PROGRAMA"en lo sucesivo "EL CONVENIO", por el cual establecieron las bases para llevar a cabo el desarrollo de "EL PROGRAMA" en la Entidad Federativa, de conformidad con las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2017, en adelante las "Reglas de Operación".
    En la cláusula Segunda de "EL CONVENIO" se estableció que "LA SEP", con base en su disponibilidad presupuestaria y calendario de ministración autorizado en el ejercicio fiscal 2018, otorgaría a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", la cantidad total de $9'642,183.72 (nueve millones, seiscientos cuarenta y dos mil, ciento ochenta y tres pesos 72/100 M.N.), para que la destinara y ejerciera exclusivamente para la implementación de "EL PROGRAMA", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación".
    De la cantidad total referida en el párrafo anterior, el monto de $9'401,129.13 (nueve millones, cuatrocientos un mil, ciento veintinueve pesos 13/100 M.N.) sería destinado para el pago de la "Oferta Académica" de Formación propuesta por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" que se impartiera al "Personal Educativo" por las "Instancias Formadoras" que para dichos efectos contratará "EL GOBIERNO DEL ESTADO", y el monto de $241,054.59 (doscientos cuarenta y un mil, cincuenta y cuatro pesos 59/100 M.N.) sería destinado directamente por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para cubrir los gastos de operación de "ELPROGRAMA" en la Entidad.
    "LAS PARTES" convinieron en la cláusula NOVENA de "EL CONVENIO", que podría ser modificado o adicionado en cualquier momento durante su vigencia, mediante la celebración del instrumento jurídico correspondiente, que formará parte integrante del mismo, obligándose a cumplir tales modificaciones o adiciones a partir de la fecha de su firma, en el entendido que éstas tendrán la finalidad de perfeccionar o coadyuvar en el cumplimiento de su objeto.
    DECLARACIONES
    I.- De "LA SEP":
    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal, que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
    I.2.- Que el Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 21 de enero de 2005 y 25 de enero de 2017, respectivamente.
    I.3.- Que el Director General de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional de Maestros de Educación Básica, asiste al Subsecretario de Educación Básica de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, fracción I y 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
    I.4.- Que requiere modificar "EL CONVENIO" con el fin de aportar recursos públicos federales adicionales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", para que los destine al desarrollo de "EL PROGRAMA", para lo cual cuenta con dichos recursos en su presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal 2018.
    I.5.- Que para los efectos del presente convenio, señala como su domicilio el ubicado en la calle de Argentina número 28, primer piso, oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
     
    II.- De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":
    II.1.- Que el Estado de Yucatán es un Estado libre y soberano que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 12 y 13 de la Constitución Política del Estado de Yucatán.
    II.2. El Gobernador Constitucional del Estado, es titular originario de las facultades y atribuciones del Poder Ejecutivo, las que podrán encomendarse a otros servidores públicos, excepto aquellas indelegables, de acuerdo con lo estipulado por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y 12 y 13 del Código de la Administración Pública de Yucatán.
    II.3. Entre sus Dependencias para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos se encuentran: la Secretaría de Administración y Finanzas; y la Secretaria de Educación; en los términos de los artículos 22 fracciones II, y VII , 31 y 36 del Código de la Administración Pública de Yucatán y corresponde a sus titulares intervenir y suscribir los actos y convenios que se refieran a su Dependencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción IV del Código de la Administración Pública de Yucatán y los artículos 11 apartado B fracción III, 59 y 125 de su Reglamento.
    II.4.- Que para los efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en el predio marcado con el número 101-A de la calle 34 por 25 de la Colonia García Ginerés C.P. 97070 de esta ciudad de Mérida, Yucatán.
    En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo de "EL PROGRAMA", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", "LAS PARTES" suscriben el presente convenio modificatorio de conformidad con las siguientes:
    CLÁUSULAS
    Primera.- Es objeto del presente Convenio, modificar el inciso a) del numeral I de la cláusula SEGUNDA de "EL CONVENIO", con objeto de otorgar recursos públicos federales adicionales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", para que los destine al desarrollo de "EL PROGRAMA".
    Segunda.- "LAS PARTES" convienen modificar el inciso a) del numeral I de la cláusula SEGUNDA de "EL CONVENIO", para quedar como sigue:
    I.-...
    "a) Otorgar, a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", con base en su disponibilidad presupuestaria y calendario de ministración autorizado en el respectivo ejercicio fiscal, la cantidad total de $14´246,134.66 (catorce millones doscientos cuarenta y seis mil cientos treinta y cuatro pesos 66/100 M.N.), para que la destine y ejerza exclusivamente para la implementación de "EL PROGRAMA", de conformidad con lo establecido en las "Reglasde Operación".
    De la cantidad total referida en el párrafo anterior, el monto de $13´889,981.29 (trece millones ochocientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta y un pesos 29/100 M.N.) será destinado para el pago de la "Oferta Académica" de Formación propuesta por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" que se imparta al "Personal Educativo" por las "Instancias Formadoras" que para dichos efectos contrate "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con el procedimiento que determine, y
    El monto de $356,153.37 (trescientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y tres pesos 37/100 M.N.) será destinado directamente por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en la entidad."
    b)...
    Tercera.- "LAS PARTES" acuerdan que, con excepción de las modificaciones a la cláusula SEGUNDA a que se refieren las cláusulas Primera y Segunda del presente Convenio Modificatorio, rigen todas y cada una de las declaraciones y cláusulas del "EL CONVENIO", mismo que se tiene por ratificado mediante el presente instrumento.
    Cuarta.- El presente instrumento entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.
    Enteradas las partes del contenido, alcance y efectos legales del presente instrumento, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales en la Ciudad de México, el día 2 de mayo de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación BásicaJavier Treviño Cantú.- Rúbrica.- El Director General de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional de Maestros de Educación BásicaJosé Martín Farías Maldonado.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Administración y FinanzasAlfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.- Rúbrica.- El Secretario de EducaciónDelio José Peniche Novelo.-
    Rúbrica.
     

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