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  DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561797&fecha=04/06/2019 © UADY 2024

  • 2019-06-04

    DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

    ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
    Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
    DECRETO
    "EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
    SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
    Artículo Único.- Se reforman los artículos 13, fracción I, y 16, y el título del Capítulo Primero, "Del Derecho a la Vida, a la Supervivencia y al Desarrollo" para ser "Del Derecho a la Vida, a la Paz, a la Supervivencia y al Desarrollo", de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
    Artículo 13. ...
    I. Derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia y al desarrollo;
    II. a XX. ...
    ...
    Capítulo Primero
    Del Derecho a la Vida, a la Paz, a la Supervivencia y al Desarrollo
    Artículo 16. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida en ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos.
    Transitorio
    Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    Ciudad de México, a 25 de abril de 2019.- Dip. Porfirio Muñoz Ledo, Presidente.- Sen. Martí Batres Guadarrama, Presidente.- Dip. Ma. Sara Rocha Medina, Secretaria.- Sen. Antares G. Vázquez Alatorre, Secretaria.- Rúbricas."
    En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 30 de mayo de 2019.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Dra. Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.- Rúbrica.
     

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