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  ACUERDO número 17/08/19 por el que se modifica el diverso número 19/11/18 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5571546&fecha=06/09/2019 © UADY 2024

  • 2019-09-06

    ACUERDO número 17/08/19 por el que se modifica el diverso número 19/11/18 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

    ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracciones I, inciso a) y XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10, 33, fracciones I y IV y 34 de la Ley General de Educación; 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
    CONSIDERANDO
    Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos y garantizará que los materiales didácticos, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno, sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación. Asimismo, que la educación preescolar, primaria y secundaria forman parte de la educación básica;
    Que con fecha 30 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 19/11/18 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa (LINEAMIENTOS), los cuales establecen en su numeral 1.1 que el referido Programa tiene como objetivo general, generar condiciones, mediante la transferencia de subsidios federales, para que las escuelas públicas de educación básica, cuyas comunidades escolares sean beneficiarias del mismo, cuenten con recursos financieros que les permitan fortalecer su autonomía de gestión;
    Que los LINEAMIENTOS, en sus numerales 2.2 y 2.3, disponen que el Programa de la Reforma Educativa (PROGRAMA) tiene como población objetivo a las comunidades escolares de las escuelas públicas de educación básica, dando prioridad a aquellas que presentan mayor rezago o que están ubicadas preferentemente en localidades de alta y muy alta marginación, así como las supervisiones escolares de zona que las atienden (SEZ). Asimismo, que los recursos autorizados al PROGRAMA en el ejercicio fiscal 2018, aplicables durante el ciclo escolar 2018-2019, son respecto de los siguientes componentes: 2. Para eldesarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar; 3. Para el fortalecimiento de las SEZ; 4. Para la instalación y mantenimiento del Sistema bebedero escolar, y 6. Para el desarrollo de Habilidades digitales y el Pensamiento computacional;
    Que resulta necesario adecuar la denominación del PROGRAMA, a fin de que ésta sea acorde con los objetivos del mismo, los cuales se dirigen a la atención directa de áreas prioritarias de las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria;
    Que mediante oficio número 315-A-1455, la Dirección General de Programación y Presupuesto "A" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a esta dependencia la procedencia del cambio de denominación del PROGRAMA por Programa de Atención Directa a la Escuela, y
    Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO NÚMERO 17/08/19 POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NÚMERO 19/11/18 POR EL QUE
    SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LA REFORMA EDUCATIVA
    PRIMERO.- Se REFORMA la denominación y el numeral Único del Acuerdo número 19/11/18 por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, para quedar como sigue:
    "ACUERDO NÚMERO 19/11/18 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN DIRECTA A LA ESCUELA"
    ÚNICO.- Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela, los cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo."
    SEGUNDO.- Se modifican los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa, los cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
     
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- El Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, de conformidad con la normativa aplicable, actualizará los Criterios Específicos para la operación del Componente 4. Para la instalación y mantenimiento de bebederos escolares del Programa de la Reforma Educativa, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2019, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.
    TERCERO.- La Coordinación General @prende.mx, de conformidad con la normativa aplicable, actualizará los Criterios Específicos para la Operación del Componente 6 del Programa de la Reforma Educativa, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.
    CUARTO.- La Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa, de conformidad con la normativa aplicable, actualizará los Criterios Específicos para la Operación de los Componentes 2 y 3 del Programa de la Reforma Educativa, dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.
    Ciudad de México, a 29 de agosto de 2019.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.
    ANEXO
    ÚNICO.- Se REFORMA la denominación, el apartado de Glosario, los párrafos octavo, noveno, decimosegundo, decimotercero y decimocuarto del apartado de Introducción, los numerales "1.2 Específicos" en su penúltimo párrafo, "2.4.1.1 Comunidades escolares cuyas escuelas se incorporarán al Programa con sólo recursos federales" en el inciso d) de su párrafo primero, "2.4.2 SEZ que serán beneficiadas por el Programa" en el inciso d) de su párrafo único, "2.5.1 Por las comunidades escolares" en el inciso c) de su párrafo único, "2.5.3 Por las AEL" en su inciso e), "2.6.1 Apoyos técnicos" en su último párrafo, "2.6.2.1 Componente 2. Para el desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar" en su párrafo cuarto, "2.6.2.1.1 Fondo de contrapartida" en el inciso d) de su párrafo tercero y su último párrafo, "2.6.2.2 Componente 3. Para apoyar el fortalecimiento de la SEZ" en su último párrafo, "2.6.2.5 Gastos de operación del Programa de la AEL" en su último párrafo, "2.7 Distribución de los recursos" en su párrafo segundo y en los incisos b) y e), subpárrafos primero y segundo, de su párrafo tercero, "3.1 De la SEP, a través de la DGDGE" en su inciso e), "3.3 Del CONAFE" en su párrafo único, "3.5 De la AEL" en sus incisos a) y g), "4.1 Descripción y desarrollo de los procesos operativos" en la tabla y su penúltimo párrafo; se ADICIONA un último párrafo al apartado de Introducción, y se DEROGA el inciso f) del numeral "3.4 Del INIFED", todos ellos de los Lineamientos de Operación del Programa de la Reforma Educativa, emitidos mediante Acuerdo número 19/11/18, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, para quedar como sigue:
    "ANEXO
    Lineamientos de Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela
    ÍNDICE ...
    GLOSARIO
    ...
    Acta de planeación. Instrumento que la escuela, cuya Comunidad escolar es beneficiaria, utiliza para registrar las acciones que de manera colegiada decidió llevar a cabo con apoyo de los recursos aportados por el PADE. El acta considerará como mínimo: prioridades educativas de la escuela, problemáticas y necesidades, objetivos viables, metas verificables, acciones, responsables y tiempos para su implementación.
    Acuerdo número 02/05/16 a Carta compromiso ...
    Carta Compromiso Local. Documento mediante el cual la AEL y la AEFCM manifiesta su decisión y compromiso de participar en el Programa durante el ciclo escolar 2018-2019 y, en su caso, de aportar los recursos que le correspondan a la Entidad Federativa, para incrementar la meta del PADE en el estado.
     
    Caso fortuito o fuerza mayor a CONAPO ...
    Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela. Instrumento jurídico mediante el cual la SEP, a través de la SEB, acuerda con la AEL y con el CONAFE, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones a cargo de cada uno de ellos, los términos y condiciones para la implementación del Programa, conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos de Operación. Para el caso de la AEFCM se celebrarán Lineamientos Internos de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela.
    Coordinación Local del Programa a DOF ...
    Educación básica. Para los efectos del PADE comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria, en sus diferentes modalidades.
    Educación comunitaria a Entidades Federativas ...
    Escuela pública de educación básica. Conjunto organizado de recursos humanos y físicos que opera bajo la autoridad del personal directivo, destinado a impartir Educación básica, con un turno y horario determinados. Considera a las escuelas con servicio regular, las de educación especial y los Servicios de Educación Comunitaria que brinda el CONAFE.
    Escuela(s) regular(es) a LEC ...
    Lineamientos de Operación. Los presentes Lineamientos de Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela.
    Lineamientos y Estrategias de Operación del Programa de Inclusión Digital 2016 a Pensamiento computacional ...
    Programa o PADE. Programa de Atención Directa a la Escuela.
    Programa de reorganización y Consolidación de Servicios del CONAFE ...
    Propuesta local para la operación de los Componentes 2 y 3 del PADE. Documento en el que la AEL describe procesos, acciones, recursos, compromisos, plazos y responsabilidades inherentes a la implementación y desarrollo de los Componentes 2 y 3 del Programa, conforme al formato proporcionado por la DGDGE.
    Representación del CONAFE a SisAT ...
    SISPADE. Sistema de Seguimiento del Programa de Atención Directa a la Escuela.
    Sistema bebedero escolar a TIC ...
    INTRODUCCIÓN
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    Al inicio del ciclo escolar 2014-2015 el PEEARE fue identificado como Programa de la Reforma Educativa (PRE) porque respondió a lo establecido en la Reforma Educativa de 2013 para fortalecer la autonomía de gestión para impulsar la calidad y equidad del Sistema Educativo Nacional.
    Los resultados de la operación del PRE en los ciclos escolares 2014-2015, 2015-2016, 2016-2017 y 2017-2018, de acuerdo con los informes de las AEL, el CONAFE y el INIFED, muestran avances en la atención de las carencias físicas y equipamiento en las escuelas públicas de educación básica con mayor rezago, respecto de lo identificado por el CEMABE. Particularmente aquellas que recibieron recursos del Componente 1 durante los ciclos escolares 2014-2015 y 2015-2016, lograron avanzar de manera significativa en la atención de dichas carencias como lo documentan las evaluaciones externas practicadas al PRE, tanto a nivel local como nacional, de acuerdo con el Programa Anual de Evaluación del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
    ...
    ...
     
    Con el fin de dar continuidad a lo realizado en el ciclo escolar 2017-2018, en el 2018-2019 el PRE focaliza su atención en la dotación de recursos económicos a las escuelas cuyas Comunidades escolares serán beneficiarias, a fin de que ejerzan su autonomía de gestión.
    La autonomía de gestión, permite que las escuelas tengan más capacidades, facultades y recursos: plantillas de maestros(as) y directivos fortalecidas, liderazgo directivo, trabajo colegiado, menor carga administrativa, infraestructura digna, acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación, conectividad, un presupuesto propio, asistencia técnico-pedagógica de calidad, y mayor participación de los padres y madres de familia.
    Es importante mencionar que los componentes 1. Para la atención de las carencias físicas de las escuelas públicas de educación básica y 5. Para la mejora de las condiciones de infraestructura física de escuelas públicas de educación básica con alta prioridad de atención, relacionados con infraestructura, no tienen recursos etiquetados en la distribución del presupuesto 2018 del PRE, por lo que fueron eliminados. Asimismo, es oportuno precisar que los Componentes que continúan vigentes, con excepción del Componente 3, en el cual se suprimió el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela, conservan su nomenclatura de origen para garantizar la transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos asignados.
    Por otra parte, la SEP ha considerado necesario que el PRE transite a una nueva etapa en la que asuma las prioridades de atención directa a las escuelas públicas de preescolar, primaria y secundaria que forman parte de la educación básica, motivo por el cual pasa a denominarse Programa de Atención Directa a la Escuela.
    1. OBJETIVOS
    1.1   ...
    1.2   Específicos
    1.2.1 a 1.2.4 ...
    Para el mejor cumplimiento de las acciones que se ejecuten a través del PADE, se podrán realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, en el marco de lo estipulado en las disposiciones jurídicas aplicables en la materia, en lo establecido por los presentes Lineamientos de Operación y las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y la disponibilidad presupuestal.
    ...
    2. LINEAMIENTOS GENERALES
    2.1 a 2.3 ...
    2.4 Procedimiento de selección
    2.4.1 ...
    2.4.1.1    Comunidades escolares cuyas escuelas se incorporarán al Programa con sólo recursos federales
    ...
    a) a c) ...
    d)    Escuelas que no reciban recursos directos al Plantel educativo del Componente de Fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar del Programa Escuelas de Tiempo Completo, a la fecha de integración de la base de datos del PADE.
    ...
    a) a c) ...
    ...
    ...
    2.4.1.2 ...
    2.4.2 SEZ que serán beneficiadas por el Programa
    ...
     
    a) a c) ...
    d)    En caso de que la AEL decida aplicar recursos del Componente 3 para instalar el SisAT, implementar herramientas para la "Observación de clase", o desarrollar las capacidades de acompañamiento de la SEZ, deberá programar en la Propuesta Local para la operación de los Componentes 2 y 3 del PADE, las acciones que llevará a cabo y proporcionar a la DGDGE las bases de datos de las figuras educativas beneficiadas.
    2.4.3 a 2.4.4 ...
    2.5   ...
    2.5.1 Por las comunidades escolares
    ...
    a) a b) ...
    c)    Acta de Constitución del Comité de Contraloría Social. El formato se encuentra en el Cuaderno de Trabajo para el Director (escuelas regulares) o en el Cuaderno de Trabajo para Escuela CONAFE y deberá ser requisitado para su entrega al Enlace Estatal de Contraloría Social, mismo que lo capturará en el Sistema de Información de Contraloría Social. Copia de la misma se entregará a la Coordinación Local del Programa para su captura en el SISPADE.
    2.5.2 ...
    2.5.3 Por las AEL
    a) a d) ...
    e)    Oficio de ratificación o designación del Coordinador Local del Programa, quien deberá vigilar que la AEL cumpla con los compromisos establecidos en los presentes Lineamientos de Operación y en el Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela o, en su caso, los Lineamientos Internos de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela. De así considerarlo, la AEL podrá designar un coordinador específico para la implementación del Componente 6.
    2.6 ...
    2.6.1 Apoyos técnicos
    ...
    La AEL proporcionará a las Comunidades escolares beneficiadas, apoyos que tengan por objeto dar a conocer el Programa y desarrollar en el supervisor escolar de zona y en el personal directivo de escuela y las madres y padres de familia o tutores, capacidades para el ejercicio de la autonomía de gestión escolar de las escuelas, impulsar el ejercicio transparente y eficiente de los recursos, la rendición de cuentas, la toma de decisiones colegiada y el liderazgo pedagógico del personal directivo, resguardando las evidencias que den cuenta de estas acciones para su entrega a las instancias facultadas para su revisión. Asimismo, deberá apoyar el desarrollo de competencias de la SEZ para el acompañamiento a las escuelas y la instalación delSisAT en las escuelas seleccionadas. Estas acciones deben ser parte de la Propuesta local para la operación de los Componentes 2 y 3 del PADE, financiadas con los gastos de operación y del Componente 3 en el caso de las SEZ que los presentes Lineamientos de Operación prevén para la AEL y reportadas en el Informe de Avances Físicos y Financieros del trimestre que corresponda.
    2.6.2 ...
    2.6.2.1 Componente 2. Para el desarrollo y fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar
    ...
    ...
    a) a d) ...
    ...
     
    En caso de que Comunidades escolares de los Servicios de Educación Comunitaria, consideradas sujetos prioritarios del Programa de Reorganización y Consolidación de Servicios del CONAFE, sean validadas como beneficiarias del PADE, podrán aplicar los recursos asignados en la escuela regular en la cual se integren sus estudiantes, si así lo determina la Comunidad escolar.
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    a) a e) ...
    ...
    ...
    ...
    ...
     
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
     
    2.6.2.1.1 Fondo de contrapartida
    ...
    ...
    ...
    a) a c) ...
    d)    Realizar la aportación del Fondo de contrapartida a una cuenta bancaria productiva específica, una vez que se formalice el Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela, o los Lineamientos Internos, y enviar a la DGDGE, en formato electrónico, la documentación comprobatoria, durante los 15 días hábiles posteriores.
    ...
    ...
    ...
    i. a ii. ...
    ...
    ...
    La comprobación del recurso federal se realizará conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos de Operación y en los Criterios Operativos para los Componentes 2 y 3 del Programa de Atención Directa a la Escuela. La comprobación del recurso de origen estatal deberá realizarse atendiendo a las normas estatales en esta materia. De existir remanentes de los recursos federales, se considerarán disponibilidades financieras del Fideicomiso y serán reintegrados a la cuenta de origen durante los 15 días hábiles siguientes a la comprobación que se realice. De existir remanentes de los recursos estatales, serán reintegrados a la cuenta de origen durante los 15 días hábiles siguientes a la comprobación que se realice.
     
    2.6.2.2 Componente 3. Para apoyar el fortalecimiento de la SEZ
    ...
    1. ...
    a) a b) ...
    2. ...
    a) a e) ...
    La DGDGE definirá la tabla de distribución en la que establezca el monto máximo destinado a cada Entidad Federativa, misma que formará parte del respectivo Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela o Lineamientos Internos.
    2.6.2.3 a 2.6.2.4 ...
    2.6.2.5 Gastos de operación del Programa de la AEL
    ...
    ...
    Estos recursos, sin perder su carácter de subsidio federal, deberán utilizarse para contratar personal para la operación del Programa, para cubrir los gastos locales de seguimiento, acompañamiento y apoyo técnico a las escuelas cuyas Comunidades escolares son beneficiarias y a la SEZ, así como para la organización y realización de reuniones de trabajo, y otras actividades relacionadas con los objetivos del Programa, como la contraloría social. Estos recursos podrán prever la contratación de una Evaluación Externa Local cuyos resultados puedan ser aprovechados para tomar decisiones informadas a fin de mejorar el diseño del Programa o bien decidir sobre su cancelación. La planeación del gasto de operación de los Componentes 2 y 3 deberá incluirse en la Propuesta local para la operación de los Componentes 2 y 3 del PADE. La programación, asignación, comprobación, seguimiento y rendición de cuentas de los recursos asignados a las AEL del Componente 6 se realizará conforme a lo establecido en los Criterios Específicos para la Operación del Componente 6.
    2.7 Distribución de los recursos
    ...
    Los recursos que se asignen a las escuelas cuyas Comunidades escolares sean beneficiarias, deberán aplicarse exclusivamente para el desarrollo de las acciones del Programa, de conformidad con lo dispuesto en los presentes Lineamientos de Operación, así como en el Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela o en los Lineamientos Internos de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela.
    ...
    a) ...
    b)    Los recursos del Componente 3 serán transferidos en los términos previstos en los presentes Lineamientos de Operación y los Criterios Operativos para los Componentes 2 y 3 del PADE, una vez que se haya formalizado la firma del Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela o los Lineamientos Internos de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela, según corresponda. Tratándose de recursos directos a la supervisión, aplicará lo previsto en el inciso a).
    c) a d) ...
    e)    La transferencia de los recursos correspondientes a gastos de operación, serán considerados en el Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela que la SEP, a través de la SEB, formalice con el Gobierno Estatal, o en los Lineamientos Internos de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela que firme con la AEFCM. Estos recursos serán transferidos una vez que se haya formalizado la firma de dichos instrumentos.
     
           La Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado, o su equivalente, está obligada, bajo su estricta responsabilidad, a radicar estos recursos a la Secretaría de Educación local o dependencia homóloga, a más tardar durante los 5 días hábiles posteriores a su recepción. Por su parte, la Secretaría de Educación local o dependencia homóloga, conforme a la normativa estatal aplicable y bajo su estricta responsabilidad, deberá poner estos recursos a disposición de la Coordinación Local del PADE en un plazo que no exceda los cinco días hábiles a partir de que la Secretaría de Finanzaso equivalente se los haya radicado.
           ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    2.8 ...
    3. RESPONSABILIDADES
    3.1 De la SEP, a través de la DGDGE
    a) a d) ...
    e)    Emitir los Criterios Operativos para los Componentes 2 y 3 del PADE, aplicables durante el ciclo escolar 2018-2019, y comunicarlos a la AEL y al CONAFE, en formato electrónico.
    f) a g) ...
    3.2 ...
    3.3 Del CONAFE
    Considerando que el CONAFE es la autoridad de los Servicios de Educación Comunitaria, éste realizará las acciones referidas en los incisos b), d), e), g), h), i), k), l), m), n), o) y p) del numeral 3.5 de los presentes Lineamientos de Operación, y las demás que se establezcan en el Convenio de Asignación de Recursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela entre la SEP, por conducto de la SEB, y el CONAFE, con objeto de garantizar el correcto acompañamiento y supervisión a las escuelas cuyas Comunidades escolares son beneficiarias del Programa en estos servicios.
    3.4 Del INIFED
    ...
    a) a e) ...
    f)     Se deroga
    3.5 De la AEL
    a)    Presentar, en formato electrónico, la Propuesta local para la operación de los Componentes 2 y 3 del PADE. Ésta deberá incluir los mecanismos para el control y seguimiento que la AEL dará a la aplicación de los recursos otorgados a cada Comunidad escolar (Componente 2), así como a las SEZ (Componente 3).
    b) a f) ...
    g)    Verificar, conforme a los Criterios Operativos para los Componentes 2 y 3 del PADE, que las acciones relativas al numeral 2.6.2 de los presentes Lineamientos de Operación, desarrolladas por las Comunidades escolares y su nivel de avance, se registren en el SISPADE.
    h) a p) ...
    3.6 a 3.8 ...
     
    4. OPERACIÓN DEL PROGRAMA
    4.1 Descripción y desarrollo de los procesos operativos
    Actividad
    Periodo
    Responsable
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
     
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    Emitir los Criterios Operativos para losComponentes 2 y 3 del PADE para elciclo escolar 2018-2019 y comunicarloselectrónicamente a las AEL y al CONAFE.
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    Suscribir el Convenio de Asignación deRecursos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela o los Lineamientos Internos para la Operación del Programa de Atención Directa a la Escuela.
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    Suscribir con la SEB el Convenio deAsignación de Recursos para laOperación del Programa de AtenciónDirecta a la Escuela (CONAFE)
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
    ...
     
    La DGDGE podrá reducir el monto de los recursos que correspondan a la Entidad Federativa, en caso de que las Comunidades escolares beneficiarias incumplan con la entrega de los documentos establecidos en estos Lineamientos de Operación, en especial de los que se deban registrar en el SISPADE. El monto de la disminución será proporcional al porcentaje de incumplimiento en que se haya incurrido durante el ciclo escolar anterior.
    ...
    4.2 ...
    5. a 8. ..."
     
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