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ACUERDO número 18/09/19 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal 2019, emitidas mediante diverso número 04/02/19, publicado el 28 de febrero de 2019.
http://http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573060&fecha=20/09/2019 2019-09-20 ACUERDO número 18/09/19 por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal 2019, emitidas mediante diverso número 04/02/19, publicado el 28 de febrero de 2019.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43, último párrafo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XIV, XXI y penúltimo párrafo, 21, 22, 23, 26, 27, 35, 36, 38 y Anexos 10, 13, 14, 17, 18 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, segundo párrafo que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que con fecha 28 de febrero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 04/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal 2019 (RO);
Que las RO establecen en su numeral 2.1. que el referido Programa tiene por objetivo general contribuir al bienestar social e igualdad mediante el apoyo a instituciones de educación básica, media superior y superior; a fin de que cuenten con una infraestructura adaptada, equipamiento y acciones de fortalecimiento que faciliten la atención de la población en contexto de vulnerabilidad, eliminando las barreras para el aprendizaje que limitan su acceso a los servicios educativos;
Que es necesario adicionar en el glosario de las RO, las definiciones de "Apoyo económico", "Asesora/or educativa/o", "Asesoría educativa", "Enlace Educativo", "Figura solidaria" y "Sistema de Información y Seguimiento", y los anexos 2d "Modelo de Convocatoria" y 2e "Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance", con el propósito de fortalecer las acciones de facilitación y acompañamiento del aprendizaje de las/os alumnas o alumnos con discapacidad, en el tipo medio superior;
Que asimismo, se requiere reformar los incisos a) y b) de los Objetivos "Específicos" y los incisos a) y b) de los "Requisitos", ambos para el "Tipo medio superior", de las RO, a fin de impulsar las acciones de igualdad en oportunidades de acceso a los beneficiarios del Programa;
Que también se pretende reformar las columnas "Etapas", "Actividad" y "Responsable" de la tabla "Procedimiento para la selección de la población beneficiaria" del numeral 3.3.2. "Procedimiento de selección"; la tabla del numeral 3.4. "Características de los apoyos (tipo y monto)"; la tabla del numeral 3.6.1. "Instancia(s) ejecutora(s)", y las columnas "Etapa", "Actividad" y "Responsable" de la tabla "Proceso" del numeral 4.1. "Proceso", todos para el "Tipo Medio Superior", y el Anexo 2c "Diagrama de Flujo", con el objeto de reforzar las condiciones de acceso a los apoyos, la canalización de recursos otorgados por el Programa y el fortalecimiento de los servicios educativos;
Que se cuenta con el oficio número 315-A-2314 de fecha 5 de agosto de 2019 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual emite la autorización presupuestaria de las modificaciones a las RO;
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio número CONAMER/19/4978 de fecha 27 de agosto de 2019, ha emitido el dictamen correspondiente, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 18/09/19 POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL
PROGRAMA PARA LA INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, EMITIDAS MEDIANTE DIVERSO NÚMERO 04/02/19, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2019
ÚNICO.- Se modifican las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal 2019, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 11 de septiembre de 2019.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.
ANEXO
ÚNICO.- Se REFORMAN los incisos a) y b) para el "Tipo Medio Superior" del numeral 2.2. "Específicos"; los incisos a) y b) para el "Tipo Medio Superior" respecto de los "criterios de priorización" del numeral 3.3.1. "Requisitos"; las columnas "Etapa", "Actividad" y "Responsable" de la tabla ahora denominada "Procedimiento para la selección de la población beneficiaria" para el "Tipo Medio Superior" del numeral 3.3.2. "Procedimiento de selección"; la tabla para el "Tipo Medio Superior" del numeral 3.4. "Características de los apoyos (tipo y monto)"; la tabla para el "Tipo Medio Superior" del numeral 3.6.1. "Instancia(s) ejecutora(s)"; las columnas "Etapa", "Actividad" y "Responsable" de la tabla "Proceso" para el "Tipo Medio Superior" del numeral 4.1. "Proceso" y el Anexo 2c "Diagrama de Flujo", y se ADICIONAN los rubros de los anexos 2d "Modelo de Convocatoria" y 2e "Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance" para el ahora rubro "Tipo Medio Superior" del apartado de "Índice"; las definiciones de "Apoyo económico", "Asesora/or educativa/o", "Asesoría educativa", "Enlace educativo", "Figura solidaria" y "Sistema de Información y Seguimiento" del apartado de Glosario; los párrafos primero a cuarto posteriores a la tabla para el "Tipo Medio Superior" del numeral 3.4. "Características de los apoyos (tipo y monto)"; así como el Anexo 2d y el Anexo 2e de las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal 2019, emitidas mediante Acuerdo número 04/02/19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2019, para quedar como sigue:
"ÍNDICE
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ANEXOS
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Tipo Medio Superior
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2d Modelo de Convocatoria.
2e Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance.
GLOSARIO
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Apoyo económico. - Retribución monetaria que otorga la SEMS a las figuras solidarias que colaboran en tareas educativas y operativas para beneficio de los jóvenes y adultos con discapacidad, en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED).
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Asesora/or educativa/o. - Denominación genérica para referirse a las figuras solidarias que facilitan el aprendizaje, conforme lo establecido en el anexo 2e: "Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance" de las presentes RO.
Asesoría educativa. - Proceso de facilitación y acompañamiento del aprendizaje de las/os alumnas o alumnos con discapacidad, desde que se incorporan hasta que completan sus estudios de tipo medio superior, mediante el cual se procura que las personas reflexionen, resuelvan dudas y reciban retroalimentación. Puede darse en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED).
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Enlace educativo. - Figuras solidarias que coordinan en conjunto con las autoridades correspondientes, con competencia en la materia, el cumplimiento de la normativa, y de los lineamientos operativos y administrativos para el funcionamiento de los CAED, conforme lo establecido en el anexo 2e: "Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance" de las presentes RO.
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Figura solidaria. - Persona que voluntariamente apoya las tareas educativas, de las/los alumnas o alumnos con discapacidad. Participa en los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED) ubicados en los Planteles Federales que pertenecen a las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior, sin establecer ninguna relación laboral con la SEP. Los tipos de figuras que apoyan la labor de los CAED, definiciones y apoyos, se encuentran contenidos en el anexo 2e de las RO.
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Sistema de Información y Seguimiento. - Sistema informático cuyo objetivo es llevar a cabo el registro, avance, supervisión y control de los apoyos económicos proporcionados en el tipo medio superior.
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2. OBJETIVOS
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2.2. Específicos
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Tipo Medio Superior
a) Beneficiar a Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE, a fin de contribuir a ampliar las oportunidades educativas atendiendo a las/os alumnas o alumnos con discapacidad, apoyándose en la participación y la solidaridad social;
b) Fortalecer los servicios educativos mediante la realización de adecuaciones en las instalaciones, dotar de equipamiento, gastos de operación y apoyos económicos a los asesores educativos de los CAED en los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE, para contribuir al bienestar social ampliando las oportunidades educativas que atienden a estudiantes con discapacidad que, por su condición, requieren de la oportunidad para ejercer su derecho a la educación media superior en la modalidad no escolarizada.
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3. LINEAMIENTOS
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3.3.1. Requisitos
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Respecto del tipo Medio Superior y Superior; los criterios de priorización son los siguientes:
Tipo Medio Superior
a) Para instalar un nuevo CAED, los recursos se asignarán de acuerdo al orden en el que se recibieron las propuestas que cumplan con los requisitos que se establezcan en las Convocatorias que emita la SEMS y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.
b) Para los CAED ya existentes, los recursos se ejercerán para gastos de operación y el apoyo económico de los asesores educativos, con lo que se apoyará a los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE, para contribuir al bienestar social ampliando las oportunidades educativas que atienden a estudiantes con discapacidad.
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3.3.2. Procedimiento de selección
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Tipo Medio Superior
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3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
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Tipo Medio Superior
En ningún caso, se podrán utilizar los recursos financieros para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la SEP o en las AEL, ni para becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las alumnas y los alumnos.
En el caso del Tipo de Apoyo 1, en ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos a personal directivo, docente o empleadas/os que laboren en la SEP o en las AEL, ni para becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las alumnas y los alumnos.
Para el Tipo Medio Superior, los recursos financieros se podrán ejecutar, además del establecimiento de nuevos CAED, para el pago de los gastos de operación y el apoyo económico de los asesores de los CAED existentes en los Planteles Federales de las Unidades y Direcciones Generales adscritas a la SEMS, con lo que se apoyará con mayor efectividad a los Planteles Federales de las Unidades y Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE para contribuir al bienestar social ampliando las oportunidades educativas que atienden a estudiantes con discapacidad física o sensorial.
Sin embargo, para el Tipo de Apoyo 2, gastos indirectos, los recursos se podrán utilizar en cualquier partida del clasificador por objeto del gasto, para la atención de gastos de operación.
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3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
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Tipo Medio Superior
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4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
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Tipo Medio Superior
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8. QUEJAS Y DENUNCIAS
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Anexo 2c
Diagrama de Flujo
Anexo 2d
Modelo de Convocatoria
La Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), promoviendo el derecho a la educación de las personas con discapacidad y el Acuerdo ___ por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa para el ejercicio fiscal -________.
A los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la Subsecretaría de Educación Media Superior y Organismos Descentralizados de los gobiernos de los Estados (ODE) que cumplan con los requisitos previstos en esta Convocatoria, a realizar su registro para la obtención de apoyos económicos para los Centros de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED), a partir del (Precisar día y mes) y hasta el (Precisar día y mes) del _________, conforme a lo siguiente:
Requisitos
a) El proyecto debe ajustarse a los lineamientos que se establecen en las Reglas de Operación vigentes (RO) del Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el___________.
b) La propuesta deberá ser incluyente justificando la solicitud en términos de la matrícula con discapacidad que se requiere atender.
c) La Propuesta deberá precisar la situación, necesidades y requerimientos para la atención de las alumnas y los alumnos con discapacidad, identificando las necesidades diferenciadas de los mismos, conforme a lo solicitado en el numeral 3.3.1. "Requisitos" de las RO.
d) Presentar un oficio suscrito por la persona titular de la Unidad, Dirección General o, en su caso, ODE, dirigido al/a la titular de la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración (CSPyA) de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) en el que manifieste el interés de que su plantel sea beneficiario de los apoyos que otorga el Programa, anexando:
· Diagnóstico de la situación actual, necesidades y requerimientos para la atención de las alumnas y los alumnos con discapacidad.
· Propuesta de acciones y medios para alcanzar los resultados esperados en beneficio de las alumnas y los alumnos con discapacidad.
CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS
El Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa contempla apoyos económicos para:
a) Instalar un nuevo CAED, para cubrir adecuaciones físicas y equipamiento de los nuevos CAED y hasta que la suficiencia presupuestal lo permita
b) Para los CAED ya existentes, apoyos económicos para gastos de operación y asesores educativos
Los apoyos consisten en la entrega de subsidios que están destinados a facilitar la permanencia, movilidad y egreso de alumnos con discapacidad, mediante actividades académicas, adecuaciones en las instalaciones, equipamiento, gastos de operación y apoyos económicos a los asesores educativos de los CAED en los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE para contribuir al bienestar social ampliando las oportunidades educativas que atienden a estudiantes con discapacidad, que por su condición requieren de la oportunidad para ejercer su derecho a la educación media superior en la modalidad no escolarizada.
En ningún caso se podrán utilizar los recursos financieros asignados a los Planteles Federales de las Unidades o Direcciones Generales adscritas a la SEMS, así como en los ODE, para el pago de prestaciones de carácter económico, compensaciones, sueldos o sobresueldos de los/las directivos/as, docentes o empleados/as, así como becas, tratamientos médicos o apoyos económicos directos a las/los alumnas/os.
c) La información sobre las características de los apoyos puede consultarse en: ______________ y________________ así como en el correo electrónico comentarios.caed@sems.gob.mx y el número telefónico 3601 1000, exts. 50615 y 50678.
Los/las aspirantes podrán registrarse a través de la página http://____________. Posteriormente, las Unidades o Direcciones Generales validarán que los planteles aspirantes cumplen con los requisitos de esta Convocatoria.
Aquellas/os aspirantes que sean seleccionadas/os como beneficiarias/os, serán notificadas/os de esta circunstancia por la CSPyA vía correo electrónico, precisando el tipo de apoyo en el que participarán.
Los casos no previstos en la presente, serán resueltos por la Subsecretaría de Educación Media Superior, a través de la CSPyA.
ATENTAMENTE
Subsecretaría de Educación Media Superior
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
Ciudad de México, a ________________________.
* Los subsistemas a que hace referencia esta Convocatoria son los siguientes:
v Federales
Subsistemas Centralizados de la SEP en los que se encuentran los planteles de:
· Dirección General del Bachillerato (DGB): Centros de Estudios de Bachillerato (CEB) y la Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas.
· Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar (UEMSTAyCM): Centros de Estudios Tecnológicos del Mar (CETMAR), Centro de Estudios Tecnológicos en Aguas Continentales (CETAC), Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuario (CBTA), Centros de Bachillerato Tecnológicos Forestales (CBTF), Centro de Investigación de Recursos Naturales (CIRENA) y la Unidad de Capacitación para el Desarrollo Rural (UNCADER).
· Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios (UEMSTIS): Centros de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios (CETIS) y los Centros de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTIS).
· Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo. Centros de Capacitación para el Trabajo Industrial (CECATI). Estos Centros no proporcionan educación del tipo medio superior; sin embargo, pueden utilizarse las instalaciones para brindar educación media superior a alumnas y alumnos con discapacidad.
v ODE.- Organismos Descentralizados de los Gobiernos de las Entidades Federativas
· CECyTE: Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos de los Estados.
· COBACH: Colegio de Bachilleres de los Estados.
· ICATE: Institutos de Capacitación de los Estados. Estos Institutos no proporcionan educación del tipo medio superior; sin embargo, pueden utilizarse las instalaciones para brindar educación media superior a alumnas y alumnos con discapacidad.
Anexo 2e
Apoyos económicos a figuras solidarias por atención y avance
Cada una de las personas que presten servicios voluntarios para el CAED deberán cumplir un horario de seis horas diarias o, en su defecto, cubrir un total de treinta horas semanales.
ASESOR/A EDUCATIVO(A)
Objetivo de la Figura: proporcionar orientación y asesoría académica a los estudiantes con discapacidad en el manejo adecuado de material didáctico, considerando tiempos y técnicas de estudio de acuerdo al área de conocimiento específica.
Actividades:
· Elaborar y apoyar a los estudiantes en el manejo de material didáctico orientado a las necesidades de los estudiantes y apegado a los contenidos temáticos y los libros de texto de Preparatoria Abierta.
· Brindar orientación académica de acuerdo al Plan de Estudios de Preparatoria Abierta y en función de las necesidades específicas que representa cada tipo de discapacidad.
· Fortalecer la capacidad de los estudiantes para el estudio de las asignaturas de manera constante.
· Elaborar actividades y ejercicios de aprendizaje acordes a los objetivos establecidos en los módulos (o asignaturas) por cada tipo de discapacidad.
· Realizar y entregar el informe mensual de seguimiento académico y de asistencia de los estudiantes a los que asesora.
· Dar a conocer a los estudiantes el programa de la asignatura, materiales didácticos y las formas de evaluación al inicio del servicio académico.
· Rendir informes al Director o Responsable del Plantel acerca de la demanda de asesoría individual, formas de atención instrumentadas y sus resultados.
· Diseñar y elaborar propuestas de material didáctico adaptado a los contenidos del Plan de Estudios de manera permanente y en función de las necesidades de los estudiantes que se atienden.
· Participar en reuniones de trabajo disciplinares a fin de realizar propuestas para la mejora de los servicios.
· Realizar evaluaciones para apoyar el aprendizaje de los estudiantes de los CAED.
ENLACE EDUCATIVO
Objetivo de la Figura: coordinar en conjunto con las autoridades correspondientes, el cumplimiento de la normativa y de los lineamientos operativos y administrativos establecidos para el funcionamiento del Centro de Atención para Estudiantes con Discapacidad (CAED).
Actividades:
· Coordinar reuniones periódicas, con los asesores académicos, para la planeación de las actividades y revisión de los avances académicos de los estudiantes del CAED.
· Coordinar el correcto seguimiento académico que realizan los asesores de los estudiantes.
· Informar a la autoridad correspondiente las necesidades de los recursos materiales necesarios para la operación del CAED.
· Informar a la autoridad correspondiente las incidencias que se presenten en el CAED.
· Propiciar la vinculación de los padres de familia con las actividades del CAED.
· Enlace de estudiantes y asesores académicos con las demás áreas relacionadas a CAED.
· Realizar trámites y servicios para los estudiantes de CAED.
· Coordinar, supervisar y evaluar el servicio de asesoría académica de manera permanente.
· Coordinar horarios de atención, conformación de grupos y distribución de espacios para asesorías junto con Asesores Educativos.
· Realizar el seguimiento académico de la trayectoria de cada uno de los estudiantes que acuden al CAED.
· Atender las solicitudes de información que le hagan llegar al CAED las autoridades correspondientes.
· Atender y registrar las solicitudes de inscripción, exámenes y servicios complementarios establecidos para la Preparatoria Abierta.
· Organizar el control documental del CAED conforme a los lineamientos de la Preparatoria Abierta.
· Brindar información y orientación sobre los servicios que ofrece el CAED.
· Promocionar los servicios educativos del CAED, en coordinación con otras instancias de los sectores público, social y privado.
· Informar al Director o al Responsable del plantel en el que se encuentre, de las incidencias que ocurran en el CAED.
· Otorgar asesoría académica a los estudiantes en el campo de conocimiento más acorde a su formación académica, en caso de que la demanda del plantel lo requiera.
..."
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