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  ACUERDO número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5610429&fecha=27/01/2021 © UADY 2024

  • 2021-01-27

    ACUERDO número 01/01/21 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

    ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, fracciones I y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
    CONSIDERANDO
    Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, a las Subsecretarías y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo reglamento interior, y que tales acuerdos deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF);
    Que el 15 de septiembre de 2020 se publicó en el DOF el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública (RISEP), mediante el cual la estructura orgánica de dicha dependencia tuvo modificaciones por cambio de denominación, eliminación y creación de algunas de sus unidades administrativas, entre otras razones, con motivo de la Reforma Constitucional en Materia Educativa de 2019 y la expedición, en septiembre de ese mismo año, de la Ley General de Educación; la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación;
    Que el RISEP dispone, en su artículo 5, fracción VII, que es facultad indelegable de la persona Titular de dicha dependencia adscribir las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados previstos en el mismo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO NÚMERO 01/01/21 POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES
    ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE
    EDUCACIÓN PÚBLICA
    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública, en la forma siguiente:
    I. A la persona Titular de la Secretaría de Educación Pública:
    Ø   Dirección General de Comunicación Social
    Ø   Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México
    Ø   Instituto Politécnico Nacional
    Ø   Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
    Ø   Coordinación General @prende.mx
    Ø   Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez
    II. A la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Superior:
    Ø   Dirección General de Educación Superior Universitaria e Intercultural
    Ø   Dirección General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas
    Ø   Dirección General de Educación Superior para el Magisterio
    Ø   Universidad Pedagógica Nacional
    Ø   Universidad Abierta y a Distancia de México
    Ø   Tecnológico Nacional de México
    III. A la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Media Superior:
    Ø   Dirección General de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios
    Ø   Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria y Ciencias del Mar
    Ø   Dirección General del Bachillerato
    Ø   Dirección General de Centros de Formación para el Trabajo
     
    IV. A la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Básica:
    Ø   Dirección General de Gestión Escolar y Enfoque Territorial
    Ø   Dirección General de Desarrollo Curricular
    Ø   Dirección General de Materiales Educativos
    Ø   Dirección General de Educación Indígena, Intercultural y Bilingüe
    Ø   Dirección General La Escuela es Nuestra
    V. A la persona Titular de la Unidad de Administración y Finanzas:
    Ø   Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros
    Ø   Dirección General de Recursos Humanos y Organización
    Ø   Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
    Ø   Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
    Ø   Dirección General del Sistema de Administración de la Nómina Educativa Federalizada
    VI. A la persona Titular de la Jefatura de la Oficina del Secretario:
    Ø   Dirección General de Política Educativa, Mejores Prácticas y Cooperación
    Ø   Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa
    Ø   Dirección General de Coordinación y Desarrollo Sectorial
    Ø   Dirección General de Concertación, Gestión y Seguimiento de Instrucciones Presidenciales
    Ø   Coordinación General de Enlace Educativo
    ·  Oficinas de Enlace Educativo
    Ø   Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación
    Ø   Dirección General de Vinculación Académica
    Ø   Dirección General de Gestión Sectorial y Enlace Interinstitucional
    VII. A la persona Titular de la Unidad de Actualización Normativa, Legalidad y Regulación:
    Ø   Dirección General de Profesiones
    Ø   Dirección General de Actualización Normativa, Cultura de la Legalidad y Transparencia
    Ø   Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte
    VIII. A la persona Titular de la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa:
    Ø   Dirección General de Análisis y Diagnóstico del Aprovechamiento Educativo
    Ø   Dirección General de Desarrollo Humano Integral
    Ø   Dirección General de Formación Continua a Docentes y Directivos
    Ø   Dirección General de Educación Musical y Orquestas Escolares
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- Se abrogan el "Acuerdo número 01/03/16 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan", la "ACLARACIÓN al Acuerdo número 01/03/16 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan, publicado el 6 de abril de 2016", así como el "Acuerdo número 03/05/17 por el que se modifica el diverso número 01/03/16 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 6 y 13 de abril de 2016 y el 25 de mayo de 2017, respectivamente.
    TERCERO.- Se derogan las disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.
    Ciudad de México, 12 de enero de 2021.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.

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