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  AVISO por el que se da a conocer la página electrónica en la que puede ser consultado por el público en general el Código de Conducta del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619654&fecha=28/05/2021 © UADY 2024

  • 2021-05-28

    AVISO por el que se da a conocer la página electrónica en la que puede ser consultado por el público en general el Código de Conducta del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de las Mujeres.

    NADINE FLORA GASMAN ZYLBERMANN, Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, den cumplimiento al ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética. DOF: 28/12/2020; vigente, y
    CONSIDERANDO
    Que el propósito del Código de Conducta es contribuir a la dignificación social del servicio público y al mismo tiempo permitir a los servidores públicos, sentir el orgullo de realizar una labor esencial para su comunidad, reconocer que las acciones de gobierno responden al interés general.
    AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA PÁGINA ELECTRÓNICA EN LA QUE PUEDE SER
    CONSULTADO POR EL PÚBLICO EN GENERAL EL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL INSTITUTO
    NACIONAL DE LAS MUJERES (INMUJERES)
    PRIMERO.- Con el objeto de que las personas servidoras públicas del INMUJERES y el público en general, puedan consultar el Código de Conducta del INMUJERES, se hace de su conocimiento que se encuentra disponible en las páginas electrónicas: http://intranet.inmujeres.gob.mx/ y www.dof.gob.mx/2021/INMUJERES/codigo_de_conducta_2020.pdf
    SEGUNDO.- De forma adicional, dicho Código de Conducta puede ser consultado de manera física en las oficinas que ocupa la Dirección General de Administración y Finanzas del INMUJERES, sita en Av. Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03900, y en la normateca del INMUJERES.
    TERCERO.- Dicho Código de Conducta es de observancia obligatoria, y su aplicación y cumplimiento deberá ser observado por todas las personas servidoras públicas que conforman al INMUJERES, por lo que deberán conocer su contenido y alcance.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Código de Conducta entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en Intranet del INMUJERES.
    SEGUNDO.- La aplicación del mismo será inmediata y obligatoria para todo el personal del INMUJERES.
    TERCERO.- Queda derogada cualquier otra disposición interna que vaya en contra de lo aquí dispuesto.
    Ciudad de México, a 25 de agosto de 2020.- La Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, Doctora Nadine Flora Gasman Zylbermann.- Rúbrica.
     

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