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  DECRETO por el que se aprueba el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, adoptado por la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, en Beijing, China, el veinticuatro de

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5647988&fecha=05/04/2022 © UADY 2024

  • 2022-04-05

    DECRETO por el que se aprueba el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, adoptado por la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, en Beijing, China, el veinticuatro de junio de dos mil doce, con la Declaración de los Estados Unidos Mexicanos.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

    ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
    Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
    DECRETO
    "LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 76, FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
    DECRETA:
    ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, adoptado por la Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, en Beijing, China, el veinticuatro de junio de dos mil doce, con la siguiente Declaración de los Estados Unidos Mexicanos:
    "Los Estados Unidos Mexicanos declara que, de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 11 del Tratado, opta por el derecho a una remuneración equitativa por la radiodifusión y comunicación al público de las interpretaciones o ejecuciones fijadas en fijaciones audiovisuales, sin perjuicio de lo dispuesto en su legislación nacional en materia de telecomunicaciones, con relación a la obligación de los concesionarios de televisión restringida de retransmitir la señal de televisión radiodifundida".
    Ciudad de México, a 16 de marzo de 2022.- Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila, Presidenta.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."
    En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 31 de marzo de 2022.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Adán Augusto López Hernández.- Rúbrica.
     

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