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  ACUERDO número 22/10/22 por el que se abrogan los acuerdos secretariales que en el mismo se indican.

  • Fuente: Diario Oficial de la Federación
    http://https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5669802&fecha=27/10/2022#gsc.tab=0 © UADY 2024

  • 2022-10-27

    ACUERDO número 22/10/22 por el que se abrogan los acuerdos secretariales que en el mismo se indican.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

    LETICIA RAMÍREZ AMAYA, Secretaria de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 21, 29, fracción IV y 113, fracciones II y XXII de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
    CONSIDERANDO
    Que el artículo 3o. la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X de dicho artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia;
    Que para fortalecer la evaluación, el 1 de octubre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo número 261 por el que se establecen criterios y normas de evaluación del aprendizaje de los estudios de licenciatura para la formación de profesores de educación básica (ACUERDO 261), entre otros aspectos, con el propósito de lograr que las estrategias, las formas y los instrumentos que utilicen los profesores de educación normal permitan valorar adecuadamente los conocimientos, habilidades, actitudes y valores establecidos en los planes y programas de estudio para la formación de profesores de educacion basica (preescolar, primaria y secundaria) vigentes y aplicables hasta antes del Plan de Estudios 2012;
    Que el 20 de agosto de 2012 se publicó en el DOF el Plan de Estudios 2012 conformado por los acuerdos números: 649 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación de Maestros de Educación Primaria; 650 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación de Maestros de Educación Preescolar; 651 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación de Maestros de Educación Primaria Intercultural Bilingüe, y 652 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación de Maestros de Educación Preescolar Intercultural Bilingüe (PLAN DE ESTUDIOS 2012);
    Que en materia de evaluación y acreditación el PLAN DE ESTUDIOS 2012 conllevó a la emisión del Acuerdo número 04/05/14 por el que se establecen criterios y lineamientos de evaluación y acreditación del aprendizaje para las licenciaturas de formación de maestros de educación preescolar, preescolar intercultural bilingüe, primaria y primaria intercultural bilingüe, Plan de Estudios 2012 (ACUERDO 04/05/14), publicado en el DOF el 29 de mayo de 2014;
    Que el PLAN DE ESTUDIOS 2012, quedó sin efectos en términos del transitorio Segundo del Acuerdo número 14/07/18 por el que se establecen los planes y programas de estudio de las licenciaturas para la formación de maestros de educación básica que se indican (ACUERDO 14/07/18), publicado en el DOF el 3 de agosto de 2018, entre los cuales se encuentran, para ser aplicados a partir del ciclo escolar 2018-2019, los planes de estudios de las Licenciaturas en Educación: Primaria (Anexo 1); Primaria Indígena con Enfoque Intercultural Bilingüe (Anexo 2), Preescolar (Anexo 3) y Preescolar Indígena con Enfoque Intercultural Bilingüe (Anexo 4);
    Que asimismo el ACUERDO 14/07/18, en el transitorio citado en el párrafo que antecede, dejó sin efectos los Acuerdos números: 269 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación Inicial de Profesores de Educación Secundaria; 322 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación Inicial de Profesores de Educación Física y 349 por el que se establece el Plan de Estudios para la Formación Inicial de Profesores de Educación Especial, publicados en el DOF los días 11 de mayo de 2000, 29 de enero de 2003 y 3 de diciembre de 2004;
    Que en correlación con lo antes señalado el ACUERDO 261 quedó sin materia con motivo de la emisión de nuevos planes y programas de estudio y, por ende, de criterios y lineamientos para su respectiva evaluación; y el objeto del ACUERDO 04/05/14 ha sido cumplido tomando en cuenta que la última generación que cursó el PLAN DE ESTUDIOS 2012 egresó en el ciclo escolar 2020-2021;
    Que la difusión del marco normativo que rige la operación y funcionamiento interno de la Secretaría de Educación Pública debe concebirse como un proceso permanente y participativo para integrar una fuente de información confiable y actualizada, de acceso a la población en general, contribuyendo a la transparencia en la gestión pública y a la adecuada rendición de cuentas sobre el quehacer gubernamental, y
    Que, con el fin de generar certidumbre jurídica a los ciudadanos, de contribuir al logro de los objetivos institucionales, así como de contar con un marco jurídico actualizado, sencillo y accesible, he tenido a bien expedir el siguiente:
    ACUERDO NÚMERO 22/10/22 POR EL QUE SE ABROGAN LOS ACUERDOS SECRETARIALES QUE EN
    EL MISMO SE INDICAN
    ARTÍCULO ÚNICO.- Se abrogan los siguientes acuerdos números:
    1.     261 por el que se establecen criterios y normas de evaluación del aprendizaje de los estudios de licenciatura para la formación de profesores de educación básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 1999, y
    2.     04/05/14 por el que se establecen criterios y lineamientos de evaluación y acreditación del aprendizaje para las licenciaturas de formación de maestros de educación preescolar, preescolar intercultural bilingüe, primaria y primaria intercultural bilingüe, Plan de Estudios 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2014.
    TRANSITORIOS
    PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
    SEGUNDO.- La Secretaría de Educación Pública, las autoridades educativas en los estados y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, en sus respectivos ámbitos de competencia, garantizarán los derechos escolares de los y las estudiantes.
    Ciudad de México, 21 de octubre de 2022.- Secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya.- Rúbrica.

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