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Titulo:Corte rechaza amparar a empresarios contra IETU
Fecha: 2010-02-09   
Fuente: http://www.eluniversal.com.mx/nacion/175545.html

Corte rechaza amparar a empresarios contra IETU



Carlos Avilés

El Universal

Martes 09 de febrero de 2010


La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucionalmente valido la aplicación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) que entró en vigor el 1 de enero de 2008.


La Corte no encontró elementos para amparar y para dejar sin efecto el gravamen que impugnaron más de 30 mil empresas del país.


Con esta medida se estima que se evitó la devolución de alrededor de 90 mil millones de pesos recaudados por concepto de este impuesto.


La tasa actual del IETU es de 17.5%, y están obligadas a su pago personas físicas y morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan por enajenación de bienes, prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.


Después de cuatro sesiones de discusión, en las que los temas a revisión generaron confusión incluso entre los propios ministros del máximo tribunal, se concluyó que el impuesto no viola principios de proporcionalidad y equidad tributaria.


En la sesión de ayer se resolvió no amparar a 10 empresas, cuyos casos servirán de base para que tribunales federales se encarguen de negar los miles de amparos que se promovieron.


El IETU se convirtió en el impuesto que más número de amparos ha generado.


La mayoría de ministro declaró infundados los argumentos que presentaron quienes impugnaron el impuesto.


Determinó que el IETU es un gravamen diferente al del Impuesto Sobre la Renta, y consideró correcto que el primer impuesto no contemple las mismas deducciones.


También declararon constitucionalmente válido que no se permita la deducibilidad de intereses que deriven de operaciones de financiamiento.




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